Concepto 2143(018160)
(30-12-2025)
Pregunta Central:
¿Desde cuándo se cuentan los 5 años de tarifa del 0% en el impuesto sobre la renta para las sociedades preexistentes que se acogieron al Régimen de la Zona Económica y Social Especial (ZESE)?
Respuesta de la DIAN (Tesis Principal):
Para las sociedades constituidas antes del año 2020, los 5 años de tarifa del 0% se cuentan desde el año gravable 2020, independientemente del año en que formalmente se acojan al régimen (ej. actualizando el RUT), siempre que cumplan los requisitos.
Fundamentación Clave:
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Base Legal (Ley 1955 de 2019, artículo 268):
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El régimen ZESE aplica tanto a sociedades nuevas (constituidas en los 3 años siguientes a la vigencia de la ley) como a sociedades existentes que se acojan en ese mismo término.
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La ley establece una tarifa del 0% durante los primeros 5 años, sin especificar el momento de inicio para las sociedades ya existentes.
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Precisión Reglamentaria (Decreto 1625 de 2016, artículo 1.2.1.23.2.5):
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Regla General: La tarifa del 0% aplica durante los primeros 5 años, a partir del año gravable 2020 (numeral 1).
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Excepción (Sociedades Nuevas): Para las sociedades constituidas entre el año 2020 y el 24 de mayo de 2022, los 5 años se cuentan desde el año gravable de su constitución (parágrafo).
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Interpretación para Sociedades Preexistentes (constituidas antes de 2020):
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Por no estar en la excepción, se aplica la regla general: el conteo de los 5 años de tarifa del 0% inicia en el año gravable 2020.
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Esto es así aunque la sociedad se haya acogido formalmente al régimen (actualizando el RUT) en un año posterior (ej. 2021, 2022), siempre que el acogimiento ocurra dentro del plazo legal (hasta el 24 de mayo de 2022).
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Aplicación Práctica: La sociedad existente podrá aplicar la tarifa del 0% en su impuesto de renta desde el año gravable en que cumpla los requisitos del régimen, pero el “reloj” de los 5 años corre desde 2020.
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Ejemplo: Una sociedad existente que se acoge en 2021, aplicará tarifa 0% en las declaraciones de renta de los años gravables 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 (5 años contados desde 2020, pero efectivos desde su acogimiento hasta agotar el periodo).
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Conclusión
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Sociedad nueva (2020 – 24/05/2022): 5 años de 0% desde el año de su constitución.
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Sociedad preexistente (antes de 2020): 5 años de 0% desde el año gravable 2020, siendo aplicable efectivamente desde el año en que se acoja y cumpla los requisitos.