📅 31/07/2026
[Providencia del Consejo de Estado – Sección Cuarta]
Número de Proceso: 76001233300020190064801
Interno: 29167
Clase de Proceso: LEY 1437 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO
Fecha de Providencia: 31/07/2026
— Titulación —
Problema jurídico:ACLARACIÓN DE VOTO
Respuesta al problema jurídico: Si
— Fuentes Formales —
FUENTE FORMAL:LEY 1564 DE 2012 – ARTÍCULO 365 NUMERAL 5
— Resumen —
Resumen
El documento contiene una aclaración de voto dentro de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por el Municipio de Guadalajara de Buga contra el Departamento del Valle del Cauca. La ratio decidendi se centra en la controversia sobre la condena en costas impuesta a la parte demandada en una sentencia de segunda instancia. El texto analiza si es procedente dicha condena cuando la decisión judicial confirma la nulidad parcial de los actos administrativos relacionados con tributos territoriales. La postura aclaratoria sostiene que, al existir una prosperidad parcial de las pretensiones y fundamentarse la modificación del fallo de primera instancia en el principio de congruencia, no resultaba legalmente viable imponer el pago de costas a la entidad demandada.
Preguntas Centrales
¿Es procedente la condena en costas cuando se declara la nulidad parcial de los actos administrativos demandados?
De acuerdo con el documento, la respuesta es negativa. Se precisa que cuando la sentencia confirma una nulidad parcial, se evidencia que ninguna de las partes venció totalmente en el proceso. Por lo tanto, bajo una interpretación estricta de las normas procesales, la parte demandada no debe ser condenada al pago de costas.
¿Cómo influye el principio de congruencia en la determinación de las costas procesales en este caso?
El documento señala que la mayoría de la Sala fundamentó la condena en costas argumentando que las modificaciones a la sentencia de primera instancia buscaban salvaguardar el principio de congruencia y no obedecían a la prosperidad del recurso de apelación. No obstante, la aclaración de voto difiere de esta postura, señalando que la realidad de la nulidad parcial debe primar sobre dicha consideración para exonerar de costas.
Fundamentación Clave
Artículo 365, numeral 5 del Código General del Proceso (CGP)
Esta norma es el eje central de la fundamentación. Establece las reglas para la condena en costas y, específicamente en su numeral 5, sugiere que en casos de éxito parcial o cuando las pretensiones no prosperan en su totalidad, la condena debe ser proporcional o nula, dependiendo de la naturaleza de la decisión.
Principio de Congruencia de la Decisión Judicial
Se menciona como el argumento utilizado por la decisión mayoritaria para justificar la condena, bajo la premisa de que los cambios en el fallo buscaban la armonía interna de la sentencia y no necesariamente dar la razón al recurrente.
Nulidad Parcial del Acto Administrativo
Es el hecho jurídico relevante que, según la aclaración, debió derivar en la exoneración de costas. Al no haber una derrota absoluta de la entidad pública demandada, la aplicación de la normativa procesal civil (aplicable por remisión al derecho administrativo) impide la imposición de esta sanción económica.
Conclusión
La tesis principal de la aclaración de voto es que, en los procesos de jurisdicción coactiva o de control de legalidad de tributos territoriales, si existe una nulidad parcial de la actuación administrativa, la autoridad judicial debe abstenerse de condenar en costas a la parte demandada, en estricta aplicación de las reglas procesales vigentes que regulan la distribución de los gastos del proceso cuando no existe un vencedor absoluto.
Extracto del documento
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
ACLARACIÓN DE VOTO
Referencia Nulidad y restablecimiento del derecho
Radicación 76001-23-33-000-2019-00648-01 (29167)
Demandante MUNICIPIO DE GUADALAJARA DE BUGA
Demandado DEPARTAMENTO DEL VALLE DEL CAUCA
Aclaro el voto en la providencia emitida en el proceso de la referencia respecto
a la condena en costas impuesta a la parte demandada, decisión que se
fundamentó en que las modificaciones a la decisión de primera instancia
obedecen a la salvaguarda del principio de congruencia de la decisión judicial y
no a la prosperidad del recurso de apelación interpuesto por la demandada.
Preciso resaltar que el hecho de que la sentencia confirmara la nulidad parcial
de los actos demandados, debió derivar en la conclusión de que, ante la
evidencia de la nulidad parcial de la actuación administrativa y en aplicación del
numeral 5 del artículo 365 del Código General del Proceso, la parte demandada
no debió ser condenada en costas.
Atentamente,
(Firmado electrónicamente)
MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO
Este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la
siguiente dirección electrónica:https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador
Nuestros Servicios:
Consulta en nuestros servicios en Revisoría Fiscal outsourcing Colombia.
◆Revisoría Fiscal
◆Outsourcing Contable
◆Asesoría Tributaria
◆Consultoría Legal
◆Asesoría Financiera
Contáctenos →
Servicios Revisoría fiscal
1. Conceptos fundamentales sobre la revisoría fiscal ¿Qué es la revisoría fiscal en Colombia? La revisoría fiscal es una institución de fiscalización privada con función pública, ejercida por contadores públicos titulados, que vigila los procesos contables, financieros, administrativos y de control interno de las sociedades. Su finalidad es dar fe pública sobre la razonabilidad de los estados financieros, el cumplimiento…
Servicios Precios de transferencia
Nombre:* Nombre Apellido Teléfono:* Correo electrónico:* Asunto: —- Autorización de trato de datos:* Si Autorizo recibir nuestro boletín informativo. Para Cr Consultores Su privacidad es importante para nosotros y no comercializaremos ni entregaremos sus datos personales a terceros. Verificación: EnviarLimpiar Contáctenos 1. Conceptos básicos de precios de transferencia en Colombia 1. ¿Qué son los precios de transferencia en Colombia? Los…
Servicios de Outsourcing Contable – Servicios Contables
1. Descripción del servicio: BPO contable y tributario Un BPO (Business Process Outsourcing) contable y tributario es una empresa especializada en la tercerización de procesos contables, fiscales, de nómina y de reportería financiera. Las firmas de outsourcing contable en Colombia operan bajo la regulación de la Ley 43 de 1990, el Código de Comercio, la Ley 1314 de 2009 (NIIF)…
Servicios Outsourcing nómina
Contactenos Objetivo de la propuesta servicios liquidación nómina – Bogotá Colombia • Nómina electrónica. • Liquidación de nómina. • Liquidación de planillas. • Emisión de desprendible de pago a empleados, los cuales serán enviados a los trabajadores a sus correos electrónicos. • Liquidación de prestaciones sociales. • Liquidación de contratos. • Liquidación de retenciones en la fuente. • Generación…