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Reporte información exógena. Retiros cuentas AFC. Retiros fondos de pensiones voluntarias. DIAN-Concepto 268(002480).

Concepto 268(002480)

(26-02-2025)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 268(002480)
  • Entidad emisora: DIAN
  • Fecha: 2025-02-26
  • Título: Procedimiento – Reporte de información exógena
  • Subtítulo: Retiros de cuentas AFC y fondos de pensiones voluntarias

  • Problema Jurídico

¿Deben las personas naturales que superan los topes de ingresos de la Resolución 000162 de 2023 reportar información exógena por retiros de cuentas AFC y pensiones voluntarias realizados con rentas laborales?

Tesis Jurídica

No están obligadas, salvo que:

  1. Sean contribuyentes del régimen SIMPLE (solo aplica tope de ingresos).

  2. Los retiros correspondan a rendimientos (no al capital aportado).

Fundamentación

  1. Resolución 000162/2023 (art. 1):

    • Personas naturales no SIMPLE: Solo reportan rentas de capital o no laborales (no laborales).

    • SIMPLE: Solo consideran el tope de ingresos (no el tipo de renta).

  2. Clasificación de los retiros:

    • Aportes con rentas laborales: No generan obligación de reporte.

    • Rendimientos: Siempre deben reportarse (son renta de capital).


Conclusiones Clave

  1. El reporte depende de:

    • Tipo de renta (laboral vs. capital/no laboral).

    • Régimen tributario (común vs. SIMPLE).

  2. No se reporta: Retiros de capital aportado con rentas laborales (excepto SIMPLE).

  3. Sí se reporta: Rendimientos generados en estas cuentas.

Normativa relevante:

  • Estatuto Tributario: Arts. 125-126.

  • Resolución 000162/2023: Art. 1 (numeral 4 y parágrafo 3).

  • Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)