Concepto 1144(010215)
(09-12-2024)
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Tipo de norma: Concepto
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Número: 1144 (010215)
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Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
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Fecha: 2024-12-09
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Tema: Régimen Simple de Tributación (RST)
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Descriptores:
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Donación de activo fijo
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Ingreso bruto gravable en el RST
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Obligación de facturar
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Problema jurídico
¿Debe incluirse el valor de una donación de un activo fijo (maquinaria) como ingreso bruto en el anticipo bimestral del RST de una sociedad en liquidación?
¿Se debe expedir factura electrónica de venta por la transferencia del bien?
Tesis de la DIAN
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No constituye ingreso bruto gravable en el RST:
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La donación es un acto gratuito sin contraprestación, por lo que no genera incremento patrimonial (Art. 904 del ET).
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No se incluye en los ingresos brutos del RST.
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Obligación de facturar:
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Aunque no sea ingreso gravable, la donación se considera una “venta” para fines tributarios.
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Debe emitirse factura electrónica con el valor comercial del activo, pero:
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Sin IVA (salvo que el donante venda maquinaria habitualmente).
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La factura solo acredita la transferencia, no implica declararlo como ingreso en el RST.
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Fundamentación legal
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Artículo 904 del ET: Base gravable del RST (ingresos brutos con incremento patrimonial).
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Normas sobre facturación: Donaciones de bienes muebles requieren factura electrónica.
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Exclusión de IVA: Ventas de activos fijos no están gravadas (a menos que sea actividad habitual).
Conclusión
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No declarar el valor donado como ingreso en el RST.
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Expedir factura electrónica sin IVA (valor comercial).
- Firma: Ingrid Castañeda Cepeda Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)