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Gravamen a los movimientos financieros GMF. DIAN-Concepto 1142(010213)

Concepto 1142(010213)

(09-12-2024)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 1142 (010213)

  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)

  • Fecha: 2024-12-09

  • Tema: Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF)

  • Descriptores:

    • Exenciones

    • Operaciones de factoring


Problema jurídico

¿Las operaciones de factoring donde el pagador asume el 100% del costo del descuento están exentas del GMF según el numeral 21 del artículo 879 del ET?


Tesis de la DIAN

  1. La exención del GMF aplica al factor:

    • El beneficiario de la exención es la entidad que realiza el factoring (el factor), no el cliente que cede las facturas.

    • No importa si el factoring es con o sin recurso, ni quién asume el costo del descuento.

  2. Condiciones para la exención:

    • El giro de recursos debe hacerse exclusivamente al beneficiario (cliente cedente) mediante:

      • Abono en cuenta de ahorro/corriente.

      • Cheque con la cláusula: “Para consignar en la cuenta del primer beneficiario”.

    • Si se incumple esta formalidad, se causa el GMF en cabeza del cedente.


Fundamentación legal

  • Numeral 21, artículo 879 del ET: Exención del GMF para operaciones de factoring.

  • Oficio DIAN 027791 (2017): Reitera que la exención no está limitada a entidades vigiladas por superintendencias.


Conclusión

  • Sí aplica la exención del GMF si el factor cumple con los requisitos de giro.

  • No depende de la estructura del factoring (costos, tipo de recurso).

  • Atentamente,
  • Firma:Ingrid Castañeda Cepeda Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)