Concepto 658 (007165)
(2025-05-06)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 658 (007165)
- Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
- Fecha: 2025-05-06
- Título: Tema: Procedimiento
- Subtítulo: Descriptores: Notificaciones de actos administrativos. Forma de notificación tras falla de la notificación electrónica. Uso de la dirección procesal. Configuración de la notificación electrónica y conteo del término para responder o impugnar el acto notificado.
Problema jurídico
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¿Debe notificarse a la dirección procesal la resolución que resuelve la solicitud de revocatoria directa de un acto de determinación tributaria?
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¿Debe notificarse a la dirección procesal la resolución que resuelve el recurso de reconsideración dentro del procedimiento de devolución y/o compensación?
Tesis jurídica
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Sí. La resolución que decide la revocatoria directa debe notificarse a la dirección procesal señalada, ya que es una actuación relacionada con la determinación del tributo, y la jurisprudencia ha reconocido un ámbito amplio para el uso de la dirección procesal en actuaciones administrativas conexas.
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No. En devoluciones y/o compensaciones no procede la notificación a la dirección procesal, ya que no se trata de un procedimiento de determinación del tributo, y aplica la norma especial del artículo 1.6.1.21.13 del Decreto 1625 de 2016, que exige que la dirección coincida con la del RUT.
Base legal
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Artículos 563, 564, 565, 566-1 y 568 del Estatuto Tributario
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Artículo 1.6.1.21.13 del Decreto 1625 de 2016
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Memorando DIAN 154 de 2024
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Sentencia SU-017 de 2024 (Corte Constitucional)
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Jurisprudencia del Consejo de Estado
Fundamentación
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El artículo 564 del E.T. permite notificar a la dirección procesal dentro de los procesos de determinación y discusión del tributo.
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La revocatoria directa es una actuación derivada de un acto de determinación, por tanto, aplica dicha norma.
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En contraste, el procedimiento de devolución y/o compensación no hace parte del proceso de determinación y está regulado por normas especiales.
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El Consejo de Estado ha reiterado que no aplica la dirección procesal en devoluciones y compensaciones, y que debe usarse la dirección del RUT.
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La Corte Constitucional ha reconocido que la dirección procesal protege el debido proceso en actuaciones administrativas tributarias.
Conclusión
| Problema jurídico | Tesis jurídica |
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| ¿Debe notificarse a la dirección procesal la resolución sobre revocatoria directa? | Sí. Debe notificarse a la dirección procesal informada, por tratarse de actuación relacionada con la determinación del tributo. |
| ¿Debe notificarse a la dirección procesal la resolución sobre el recurso en devolución/compensación? | No. Debe notificarse a la dirección registrada en el RUT, conforme al artículo 1.6.1.21.13 del Decreto 1625 de 2016. |
- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)