Concepto 720 (006194)
(15-05-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 720 (006194)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-05-15
- Título: Reporte de donaciones y certificados de utilidad común
- Subtítulo: Obligaciones de la APC en información exógena sobre cooperación internacional
Problema jurídico resuelto
¿Está obligada la APC a reportar en información exógena las donaciones que canaliza o recibe, así como los Certificados de Utilidad Común emitidos?
Tesis jurídica
Sí. La APC debe reportar en medios magnéticos tanto las donaciones canalizadas para beneficiarios como las recibidas directamente, además de la información asociada a los Certificados de Utilidad Común (CUC), conforme a lo establecido en la normatividad vigente.
Condición
Aplica a la APC en su calidad de canalizadora de cooperación internacional y como entidad no contribuyente.
Base legal
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Art. 96 Ley 788 de 2002
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Art. 2 y 5 Decreto 4152 de 2011
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Arts. 1.3.1.9.4 y 1.3.1.9.8 DUR 1625 de 2016
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Art. 87 Resolución 000162 de 2023 (modificada por Resolución 000188 de 2024)
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Art. 61 Resolución 000162 de 2023
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Art. 224 Estatuto Tributario
Fundamentación
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La APC, como entidad gestora de cooperación internacional, expide Certificados de Utilidad Común (CUC), conforme al artículo 1.3.1.9.4 del DUR 1625 de 2016.
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Está obligada a reportar la información relacionada con estos certificados, según el artículo 87 de la Resolución 000162 de 2023, en el Formato 2821 V1, incluyendo datos de:
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Proyectos, terceros beneficiarios y donantes internacionales.
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Fechas, números y modificaciones de los certificados.
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Identificación de entidades ejecutoras y donantes.
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También debe reportar las donaciones que ha recibido directamente como entidad no contribuyente, en el Formato 2575 V1, incluyendo:
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Monto, forma y tipo de donación.
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Identificación completa del donante.
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La APC, por ser una unidad administrativa especial con personería jurídica, autonomía y patrimonio propio, es no contribuyente del impuesto de renta (Art. 224 ET), pero sí obligada a reportar cierta información tributaria.
Conclusión
| Situación | Tratamiento fiscal |
|---|---|
| Donaciones canalizadas por la APC a beneficiarios | Deben reportarse en Formato 2821 V1 con información detallada de certificados y donantes |
| Donaciones recibidas directamente por la APC | Deben reportarse en Formato 2575 V1 según Anexo 55 y art. 61 Resolución 000162/2023 |
| Emisión de Certificados de Utilidad Común (CUC) | Debe reportarse su información completa como lo exige el art. 87 de la Resolución |
- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)