Concepto 282 (002575)
(03-03-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 282 (002575)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-03-03
- Título: Tratamiento del IVA e Impuesto Nacional al Consumo
- Subtítulo: Bienes y servicios excluidos en parques nacionales naturales
1. Problema jurídico resuelto
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Problema 1: ¿Qué tratamiento tributario aplica al IVA e Impuesto Nacional al Consumo para bienes y servicios de establecimientos comerciales en parques nacionales naturales?
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Problema 2: ¿El servicio de hotelería en estos parques está excluido del IVA?
2. Tesis de la DIAN
🔹 Problema 1:
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Los bienes y servicios en parques naturales no tienen exclusión automática del IVA o Impuesto Nacional al Consumo.
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Exclusiones específicas:
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IVA: Bienes esenciales (Art. 424 ET), servicios de restaurantes (Art. 426 ET, pero sujetos a Impuesto al Consumo).
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Impuesto al Consumo: No aplica si ingresos < 3.500 UVT y solo 1 local (Art. 512-13 ET).
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🔹 Problema 2:
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Hotelería en parques naturales NO está excluida del IVA, excepto si:
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Se presta en zonas de régimen aduanero especial (Art. 476-26 ET).
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O en San Andrés (Art. 22 Ley 47/1993).
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3. Responsabilidades y exclusiones clave
Sujeto | Norma aplicable | Tratamiento |
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Establecimientos en parques | Art. 424, 426 ET | IVA excluido solo para bienes esenciales y servicios específicos. |
Restaurantes/bares | Art. 512-1 ET | Impuesto al Consumo (excepto franquicias y pequeños contribuyentes). |
Hotelería | Art. 476-26 ET | IVA aplicable, salvo en zonas aduaneras especiales o San Andrés. |
4. Proceso y condiciones
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Exclusiones IVA: Verificar listado en Art. 424 (bienes) y 476 (servicios).
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Impuesto al Consumo:
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Causación al prestar servicio o emitir factura (Art. 512-1 ET).
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Exención si ingresos < 3.500 UVT y un solo local (Art. 512-13 ET).
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Hotelería:
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Gravable con IVA, salvo en municipios aduaneros especiales o San Andrés.
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- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)