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Importación de maquinaria destinada a reciclaje y procesamiento de basuras. DIAN-Oficio 333.

Oficio 333

(2018-01-05)

  • Tipo de norma: Oficio
  • Número: 333
  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
  • Fecha: 2018-01-05
  • Título: Tema: IVA
  • Subtítulo: Descriptores: Importación de maquinaria destinada a reciclaje y procesamiento de basuras.

Problema jurídico resuelto:

¿Procede la exclusión del IVA en una importación temporal a largo plazo de maquinaria destinada a reciclaje, cuando la certificación requerida para el beneficio se obtiene después de la llegada de la mercancía, habiendo mediado demoras en el trámite?

Tesis jurídica:

Si la mercancía ya se sometió a importación temporal a largo plazo y con ello se generó la causación del IVA, no procede devolución alguna del tributo pagado, y para hacer uso del beneficio de exclusión del IVA la certificación debe presentarse al momento de la declaración de importación temporal a largo plazo o de importación ordinaria.

Base legal:

  • Artículo 428 literal f) del Estatuto Tributario

  • Parágrafo 3º del Artículo 428 del Estatuto Tributario (L. 788/2002, art. 33)

  • Decreto 4048 de 2008, artículo 20

  • Oficio 0001748 de 2017 de la DIAN

Fundamentación:

La exclusión del IVA en la importación de maquinaria para reciclaje y procesamiento de basuras está condicionada a la presentación previa de una certificación expedida por la autoridad competente, conforme al parágrafo 3º del artículo 428 del Estatuto Tributario. Cuando la importación es temporal a largo plazo y ya se ha causado el impuesto, la exclusión no puede aplicarse retroactivamente para devolución de tributos pagados. La presentación tardía de la certificación no genera derecho a devolución. La DIAN reitera que para la procedencia del beneficio, la certificación debe presentarse en el momento de la declaración de importación, ya sea temporal a largo plazo o ordinaria. Casos particulares deben ser analizados por la subdirección o dirección seccional correspondiente.

Conclusión:

Problema jurídico Tesis jurídica
¿Procede la exclusión del IVA en importación temporal a largo plazo cuando la certificación se obtiene después de la llegada de la mercancía? No procede la devolución del IVA causado; la certificación debe presentarse al momento de la declaración de importación para hacer uso del beneficio.