Resolución DDI-032266 del 03-12-2025 – Secretaría Distrital de Hacienda (Bogotá)
1. Sectores Afectados y Metodología
La norma aplica específicamente a actividades donde el control de ingresos puede ser complejo. La Administración fija un ingreso promedio diario mínimo por unidad de negocio. Los sectores son:
- Alojamiento: Moteles, residencias y hostales (medido por cama).
- Parqueaderos: Medido por metro cuadrado ($m^2$).
- Entretenimiento: Bares (medido por silla/puesto) y Máquinas de juegos (medido por máquina).
2. Nuevos Valores para el Año 2026
A continuación se detallan los valores diarios ajustados que regirán desde el 1 de enero de 2026:
A. Moteles, Residencias y Hostales (Por Cama)
- Clase A: $ 91.736
- Clase B: $ 48.923
- Clase C: $ 9.173
B. Parqueaderos (Por Metro Cuadrado)
- Clase A: $ 1.230
- Clase B: $ 1.014
- Clase C: $ 931
C. Bares (Por Silla o Puesto)
- Clase A: $ 48.923
- Clase B: $ 18.348
- Clase C: $ 9.173
D. Juegos y Máquinas Electrónicas (Por Máquina)
- Video Ficha: $ 24.463
- Otros: $ 18.348
3. Fundamento del Ajuste
El incremento corresponde estrictamente a la inflación (IPC de ingresos medios entre sept/2024 y sept/2025), garantizando que la base tributaria mantenga su valor real frente al poder adquisitivo.