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Fallo consejo de estado: Rechazo de costos y reducción de sanciones. Consejo de Estado(Sección Cuarta)Sentencia 26962

Fallo consejo de estado: Rechazo de costos y reducción de sanciones. Consejo de Estado(Sección Cuarta)Sentencia 26962

Consejo de Estado (Sección Cuarta)-Sentencia (26962) 10-12-2025

1. Notificaciones y Suspensión de Términos

El contribuyente alegaba que la DIAN se demoró y notificó la Liquidación Oficial fuera de los plazos legales, argumentando que la suspensión del término por inspección tributaria no fue válida por errores en la dirección de notificación.

  • Fallo de la Sala: La DIAN actuó correctamente.
  • Regla: Si el contribuyente informa varias direcciones procesales, basta con que la DIAN notifique exitosamente en una de ellas para que el acto sea válido. No es necesario agotar todas las opciones si una fue efectiva. Por tanto, la inspección sí suspendió el término y la liquidación fue oportuna.

2. Rechazo de Costos y Estimación Indirecta (Art. 82 E.T.)

Este es el punto central del fallo. La empresa no entregó la contabilidad ni los soportes específicos de costos durante la inspección, y pidió que, en su defecto, se aplicara la estimación indirecta de costos (calcularlos estadísticamente o al 75% del valor de venta).

  • Decisión: Se niega la estimación indirecta y se confirma el rechazo de los costos.
  • Fundamento: El Artículo 82 del E.T. (Estimación de Costos) es un mecanismo supletorio para cuando no es posible determinar los costos por pruebas directas. NO aplica cuando la imposibilidad se debe a la negligencia probatoria del contribuyente (negarse a mostrar los libros o decir “no los tengo aquí”).
  • Lección: La inactividad probatoria se castiga con el desconocimiento total de los costos (consecuencia probatoria, no sanción).

3. Principio de Favorabilidad (Reducción de Sanción)

El Consejo de Estado analizó la multa impuesta por no enviar información (Art. 651 E.T.).

  • Situación: En la época de los hechos, el tope máximo de la multa era 15.000 UVT.
  • Cambio Normativo: La Ley 2277 de 2022 redujo ese tope máximo a 7.500 UVT.
  • Decisión: Aunque el caso es de 2013, la Corte aplica la norma de 2022 por ser más favorable (constitucionalmente obligatorio en derecho sancionatorio).
  • Resultado: La sanción se redujo a la mitad del tope original (aprox. $223.147.000 ajustado a la UVT del año base).

4. Sanción por Inexactitud vs. Non Bis In Idem

El contribuyente alegó que lo estaban sancionando dos veces por lo mismo (rechazo de costos y multa por inexactitud).

  • Fallo: No hay doble sanción.

    1. El rechazo de costos es una consecuencia de no probar lo declarado.

    2. La sanción por inexactitud castiga el hecho de incluir datos falsos o no soportados en la declaración. Son compatibles y procedentes ambas.