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Exportación de servicios. Requisito formal de inscripción en el RUT- DIAN Concepto 987(008660)

 

Concepto 987(008660) de la DIAN

(8-11-2024)

Entidad y Fecha

  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

  • Fecha de emisión: 8 de noviembre de 2024.

  • TemaRequisito formal de inscripción en el RUT para acceder a la exención del IVA en exportación de servicios.

Puntos clave del concepto

  1. Marco normativo

    • La exención del IVA en exportación de servicios está regulada por:

      • Artículo 481(c) del Estatuto Tributario (ET).

      • Decreto 2223 de 2013 (compilado en los artículos 2.10.2.6.11 y 2.10.2.6.12 del Decreto 1080 de 2015).

  2. Requisito esencial

    • Para aplicar la exención, el contribuyente debe estar inscrito en el RUT como exportador de servicios, con información específica en las casillas correspondientes.

  3. Configuración obligatoria en el RUT
    El contribuyente debe registrar en su RUT:

    • Casilla 53 (Responsabilidades):

      • Código 48 (Responsable de IVA).

      • Código 19 (Productor de bienes/servicios exentos, incluye exportación).

      • Código 10 (Usuario Aduanero). (Necesario para habilitar las casillas de exportación).

    • Casilla 54 (Usuarios Aduaneros):

      • Código 22 (Exportador).

    • Casilla 55 (Formas de Exportación):

      • 1 (Directa), 2 (Indirecta) o 3 (Directa/Indirecta).

    • Casilla 56 (Tipo de Exportación):

      • 2 (Servicios).

    • Casilla 57 (Modo de Exportación):

      • 1 (Presencia comercial), 2 (Movimiento transfronterizo), 3 (Traslado de consumidores) o 4 (Traslado temporal de personas).

    • Casilla 58 (Clasificación CPC):

      • Código(s) del servicio exportado (mínimo 1, máximo 3).

  4. Aclaraciones importantes

    • La inclusión del código 10 (Usuario Aduanero) es necesaria para habilitar las casillas 55 a 58, aunque el exportador de servicios no tenga obligaciones aduaneras.

    • La actualización del RUT puede hacerse:

      • En línea (autogestión con usuario y contraseña).

      • Presencial (con cita previa).

  5. Consecuencias de no cumplir

    • Si el RUT no refleja correctamente la actividad de exportación de servicios, el contribuyente no podrá acreditar la exención del IVA.

Conclusión

  • La DIAN reitera que, para aplicar la exención de IVA en exportación de servicios, el contribuyente debe registrar su actividad en el RUT con los códigos específicos detallados.

  • El proceso es obligatorio y formal, y garantiza que la DIAN pueda verificar el cumplimiento de los requisitos legales.

  • No basta con ser exportador de servicios; la información debe estar explícita en el RUT.

Firma: Ingrid Castañeda Cepeda, Subdirectora de Normativa y Doctrina (A).