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Exportación de muestras sin valor comercial. DIAN-Concepto 1181 (010617)

Concepto 1181 (010617)

(17-12-2024)

Tipo de norma: Concepto
Número: 1181 (010617)
Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
Fecha: 17 de diciembre de 2024

Tema Principal

Tratamiento del IVA aplicable a:

  1. Exportación de muestras sin valor comercial

  2. Ventas a usuarios de zona franca

  3. Requisitos de facturación electrónica


Hallazgos Clave

1. Naturaleza jurídica de las muestras sin valor comercial

  • Base legal: Artículos 479 y 481 del Estatuto Tributario, Artículo 395 del Decreto 1165/2019

  • Definición: Mercancías declaradas como tales cuyo valor FOB no exceda $10,000 USD anuales por exportador (Art. 425 Res. 046/2019)

  • Tratamiento aduanero: Se consideran exportación definitiva cuando se envían a zonas francas

2. Tratamiento del IVA

  • Exención: Las muestras enviadas a zonas francas están exentas de IVA por ser exportaciones (Arts. 479 y 481 ET)

  • Facturación:

    • Obligatoria para retiros de inventario (Art. 421 ET)

    • Debe discriminar el IVA aunque la operación esté exenta (Art. 617 ET y Res. 165/2023)

    • El valor declarado debe indicar claramente “muestras sin valor comercial”

3. Procedimiento especial para usuarios industriales de zona franca

  • Regulación: Artículo 547 del Decreto 1165/2019

  • Requisitos:

    • Marcaje especial que impida su comercialización

    • Registro en formularios de movimiento de mercancías

    • Control mediante sistemas de inventario del operador de zona franca


Recomendaciones prácticas

  1. Para exportadores:

    • Verificar que el valor acumulado de muestras no supere el límite anual ($10,000 USD)

    • Incluir claramente la leyenda “muestras sin valor comercial” en la documentación

    • Conservar copia de la autorización de embarque

  2. Para facturación:

    • Emitir factura electrónica con discriminación del IVA (aunque la operación sea exenta)

    • Indicar expresamente el carácter de exportación en la factura

    • Mantener soportes que acrediten el destino a zona franca

  3. Para usuarios de zona franca:

    • Registrar adecuadamente el ingreso de muestras en sus sistemas de inventario

    • Implementar controles que impidan la comercialización de las muestras

    • Conservar documentación que acredite el consumo o destrucción de las muestras

    • Firma: Ingrid Castañeda Cepeda, Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)