Sentencia de Segunda Instancia – Consejo de Estado (Sección Cuarta) – Radicación 25000-23-37-000-2020-00612-01 (27452) del 10-10-2025
1. Tratamiento de Gastos de Exploración (Activos Diferidos)
La Sala reitera su jurisprudencia indicando que las erogaciones por estudios de sísmica, geofísica y geológica realizadas en la etapa de exploración de hidrocarburos no son gastos del año (deducción inmediata), sino inversiones amortizables.
- Fundamento: Artículos 142 y 143 del Estatuto Tributario (vigentes para la época).
- Regla: Deben registrarse como activos diferidos (Cuentas 1715 o 1720 según decreto contable de la época) y amortizarse en periodos futuros, independientemente del éxito o fracaso inmediato del pozo.
2. Concurrencia de Sanciones (Rectificación de Doctrina)
La sentencia aborda si imponer simultáneamente la Sanción por Inexactitud (Art. 647 E.T.) y la Sanción por Rechazo de Pérdidas (Art. 647-1 E.T.) viola el principio de Non bis in idem (no ser juzgado dos veces por lo mismo).
- Fallo: El Consejo de Estado aclara que SÍ es posible imponer ambas sanciones concurrentemente.
- Razón: Aunque sancionan la misma infracción (deber de declarar), tienen bases de cálculo distintas: una se calcula sobre el mayor impuesto a pagar (valores positivos) y la otra sobre la pérdida fiscal rechazada (valores negativos). Esto rectifica la decisión del tribunal de primera instancia.
3. Exoneración de Sanciones por Error sobre el Derecho
A pesar de fallar a favor de la DIAN en el impuesto y validar la posibilidad teórica de las sanciones, la Sala decide revocar las sanciones en este caso específico.
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Causal Exculpatoria: Se demostró una diferencia razonable de criterios. Shell aplicó un método técnico reconocido (“esfuerzos exitosos”) y actuó diligentemente creyendo estar bajo la norma correcta. Al no haber dolo ni culpa grave, sino un error razonable sobre la interpretación de la norma contable/tributaria, se eliminan las multas.