Oficio 012756
(25-05-2017)
- Tipo de norma: Oficio
- Número: 012756
- Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
- Fecha: 2017-05-25
- Fecha del diario oficial: 2017-06-27
- Título: Exención de la sobretasa en el sector Eléctrico. Requisitos para la solicitud
- Tema: Renta
- Subtítulo: Descriptor: Exención de la sobretasa en el sector Eléctrico. Requisitos para la solicitud
Problema jurídico resuelto
¿Los Usuarios Industriales cuya actividad económica principal en el RUT es la 0723 de “Extracción de Minerales de Níquel” tienen derecho al tratamiento tributario consagrado en el parágrafo 2° del artículo 211 del Estatuto Tributario (exención de la sobretasa a la energía eléctrica)?
Tesis jurídica
Sí, los Usuarios industriales cuya actividad económica principal se encuentre registrada en el RUT en el código 0723 de “Extracción de minerales de níquel” tienen derecho al tratamiento tributario consagrado en el parágrafo 2° del artículo 211 del Estatuto Tributario, ya que dicho código está comprendido dentro del rango 011 a 360 de la Resolución 000139 de 2012 de la DIAN, conforme lo establece el artículo 1° del Decreto 2860 de 2013.
Base legal
Estatuto Tributario: Artículo 211, parágrafo 2°.
Decreto 2860 de 2013: Artículo 1°.
Resolución DIAN 000139 de 2012: (Adopta la Clasificación de Actividades Económicas – CIIU revisión 4 adaptada para Colombia).
Ley 143 de 1994: Artículo 47.
Ley 1430 de 2010: Artículo 2°.
Sentencia C-086 de 1998 (Corte Constitucional).
Sentencia C-766 de 2012 (Corte Constitucional).
Oficios DIAN 36467 de 2016 y 018736 de 2016 (Doctrina revocada).
Decreto 4048 de 2008: Artículo 20.
Fundamentación
Finalidad del Beneficio: La DIAN reitera que el parágrafo 2° del artículo 211 del Estatuto Tributario, modificado por la Ley 1430 de 2010, busca fomentar la competitividad del sector industrial nacional, eximiendo a los usuarios industriales de la sobretasa a la energía eléctrica a partir del año 2012.
Reglamentación del Beneficio: El artículo 1° del Decreto 2860 de 2013 establece taxativamente qué usuarios industriales son beneficiarios, remitiendo a los códigos de actividad económica principal del RUT, según la Resolución 000139 de 2012 de la DIAN, en los rangos 011 a 360, 581 y 411 a 439.
Análisis de la Actividad 0723: La DIAN procede a revisar la estructura de la Resolución 000139 de 2012 (Clasificación CIIU).
La Sección B de “Explotación de Minas y Canteras” comprende las Divisiones 05 a 09.
Dentro de la División 07 (“Extracción de minerales metalíferos”) se encuentra el código 072 (“Extracción de minerales metalíferos no ferrosos”).
El código 0723 “Extracción de minerales de Níquel” es una desagregación a cuatro dígitos del código 072.
Dado que el código 072 (y por ende su desagregación 0723) está incluido en las Divisiones 05 a 09, y estas Divisiones están comprendidas dentro del rango 011 a 360 (establecido como criterio de elegibilidad en el Decreto 2860 de 2013), se concluye que la actividad 0723 sí es beneficiaria.
Modificación de Doctrina: En virtud de este análisis, la DIAN modifica su posición anterior (expresada en los Oficios 36467 de 2016 y 018736 de 2016), en la cual había considerado que la actividad 0723 no estaba cubierta.
Conclusión
| Problema jurídico | Tesis jurídica (Síntesis) |
| ¿La actividad 0723 “Extracción de Minerales de Níquel” tiene derecho a la exención de sobretasa eléctrica? | Sí. La actividad 0723 se encuentra dentro de los códigos (011-360) establecidos por el Decreto 2860 de 2013 para ser beneficiario de la exención de sobretasa a la energía eléctrica, revocando la doctrina anterior de la DIAN. |
- Firma: PEDRO PABLO CONTRERAS CAMARGO – Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina