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Documentación Comprobatoria. Sanciones- DIAN Concepto 686(005631)

 

Concepto 686(005631) de la DIAN

(16-08-2024)

Problema Jurídico #1:

Objeto de los Estados Financieros Consolidados en el Informe Maestro

  • Tesis: Los Estados Financieros anuales consolidados del Grupo Multinacional (incluidos en el Informe Maestro, según el artículo 1.2.2.2.2.6 del Decreto 1625 de 2016) son esenciales para:

    • Verificar el resultado consolidado del grupo.

    • Analizar la participación de Colombia en el contexto global del grupo.

    • Sustentar las operaciones documentadas en el Informe Local.

Problema Jurídico #2:

Sanción por Omisión de Estados Financieros Consolidados en el Informe Maestro

  • Tesis: La omisión de estos estados financieros acarrea la sanción del artículo 260-11 del ET, literal A, numeral 4, literal b):

    • Sanción: 2% del valor de las operaciones con vinculados sujetas a documentación (base: Informe Local).

    • Fundamento: La omisión corresponde a información exigida en la Documentación Comprobatoria (Informe Maestro + Informe Local), no al monto específico de una operación.

    • Excepción: Si las operaciones son con paraísos fiscales, aplica el numeral 5 (misma tasa, pero con base en operaciones ≥10.000 UVT).

Problema Jurídico #3:

Cálculo de la Sanción por Omisión Parcial/Total del Informe Maestro

  • Base de Cálculo: Suma del valor de todas las operaciones con vinculados documentadas en el Informe Local (artículo 1.2.2.3.2 del Decreto 1625 de 2016):

    • Umbral: Operaciones ≥45.000 UVT (o ≥10.000 UVT con paraísos fiscales).

  • Tasa: 2% sobre el total de dichas operaciones.

Normativa Relevante:

  • Estatuto Tributario: Artículos 260-5 (obligados) y 260-11 (sanciones).

  • Decreto 1625 de 2016:

    • Art. 1.2.2.2.2.6 (Estados Financieros en Informe Maestro).

    • Art. 1.6.3.1.4 (régimen sancionatorio para Informe Maestro/Local).

  • Decreto 2120 de 2017: Actualiza umbrales para documentación.

Conclusión:

  • Los Estados Financieros consolidados son parte integral del Informe Maestro y su omisión genera sanciones.

  • La sanción se calcula sobre el valor total de operaciones con vinculados documentadas en el Informe Local, no sobre el valor omitido.

Firma: Ingrid Castañeda Cepeda, Subdirectora de Normativa y Doctrina (A).

Documento emitido bajo facultades legales (Decreto 1742 de 2020 y Resolución DIAN 91 de 2021).