Concepto 686(005631) de la DIAN
(16-08-2024)
Problema Jurídico #1:
Objeto de los Estados Financieros Consolidados en el Informe Maestro
-
Tesis: Los Estados Financieros anuales consolidados del Grupo Multinacional (incluidos en el Informe Maestro, según el artículo 1.2.2.2.2.6 del Decreto 1625 de 2016) son esenciales para:
-
Verificar el resultado consolidado del grupo.
-
Analizar la participación de Colombia en el contexto global del grupo.
-
Sustentar las operaciones documentadas en el Informe Local.
-
Problema Jurídico #2:
Sanción por Omisión de Estados Financieros Consolidados en el Informe Maestro
-
Tesis: La omisión de estos estados financieros acarrea la sanción del artículo 260-11 del ET, literal A, numeral 4, literal b):
-
Sanción: 2% del valor de las operaciones con vinculados sujetas a documentación (base: Informe Local).
-
Fundamento: La omisión corresponde a información exigida en la Documentación Comprobatoria (Informe Maestro + Informe Local), no al monto específico de una operación.
-
Excepción: Si las operaciones son con paraísos fiscales, aplica el numeral 5 (misma tasa, pero con base en operaciones ≥10.000 UVT).
-
Problema Jurídico #3:
Cálculo de la Sanción por Omisión Parcial/Total del Informe Maestro
-
Base de Cálculo: Suma del valor de todas las operaciones con vinculados documentadas en el Informe Local (artículo 1.2.2.3.2 del Decreto 1625 de 2016):
-
Umbral: Operaciones ≥45.000 UVT (o ≥10.000 UVT con paraísos fiscales).
-
-
Tasa: 2% sobre el total de dichas operaciones.
Normativa Relevante:
-
Estatuto Tributario: Artículos 260-5 (obligados) y 260-11 (sanciones).
-
Decreto 1625 de 2016:
-
Art. 1.2.2.2.2.6 (Estados Financieros en Informe Maestro).
-
Art. 1.6.3.1.4 (régimen sancionatorio para Informe Maestro/Local).
-
-
Decreto 2120 de 2017: Actualiza umbrales para documentación.
Conclusión:
-
Los Estados Financieros consolidados son parte integral del Informe Maestro y su omisión genera sanciones.
-
La sanción se calcula sobre el valor total de operaciones con vinculados documentadas en el Informe Local, no sobre el valor omitido.
Firma: Ingrid Castañeda Cepeda, Subdirectora de Normativa y Doctrina (A).
Documento emitido bajo facultades legales (Decreto 1742 de 2020 y Resolución DIAN 91 de 2021).