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Determinación de la base gravable de IVA en los productos denominados aceites lubricantes semisintéticos para motor. DIAN- Concepto 972(008561)

 

Concepto 972(008561) de la DIAN

(5-11-2024)

  • Entidad: DIAN

  • Fecha de emisión: 5 de noviembre de 2024.

  • TemaDeterminación de la base gravable del IVA en aceites lubricantes semisintéticos para motor.

  • Normativa aplicable:

    • Artículo 444 del Estatuto Tributario (ET) (régimen especial para derivados del petróleo).

    • Normas generales del IVA (si no son derivados del petróleo).


Puntos clave del concepto

  1. Clasificación del producto

    • La DIAN no tiene competencia para determinar si los aceites lubricantes semisintéticos son derivados del petróleo (esto corresponde al Ministerio de Minas y Energía).

    • El tratamiento del IVA depende exclusivamente de esta clasificación.

  2. Si son derivados del petróleo

    • Se aplica el artículo 444 del ET (régimen especial):

      • Solo están gravadas las ventas de:

        • Productores.

        • Importadores.

        • Vinculados económicos de los anteriores.

        • Distribuidores mayoristas y comercializadores industriales.

      • Operaciones posteriores en la cadena comercial están excluidas del IVA.

  3. Si no son derivados del petróleo

    • Se aplican las normas generales del IVA:

      • Todas las ventas en la cadena comercial están gravadas (19%).

  4. Consecuencias prácticas

    • La base gravable y las obligaciones fiscales varían radicalmente según la clasificación.

    • Las empresas deben:

      • Verificar la clasificación oficial con el Ministerio de Minas y Energía.

      • Ajustar su facturación y declaraciones según el régimen aplicable.


Conclusión

  • La DIAN aclara el marco tributario para estos lubricantes, pero delega la clasificación técnica al Ministerio de Minas.

  • Clave para contribuyentes:

    • Si son derivados del petróleo → IVA solo en primeros eslabones (exclusión en ventas posteriores).

    • Si no lo son → IVA en toda la cadena comercial.

Firma: Ingrid Castañeda Cepeda, Subdirectora de Normativa y Doctrina (A).