Concepto 1793(014745) del 28-10-2025 – DIAN
1. Base de la Deducción: Integralidad del Documento
La DIAN aclara que el valor que el empleador puede deducir en su impuesto de renta no se limita al “valor neto” o líquido pagado al trabajador. El DSNE es un soporte integral; por tanto, la deducción se sustenta en la totalidad de los costos laborales devengados (salarios, horas extras, etc.) validados electrónicamente, reflejando el costo real para el empleador, independientemente de las deducciones que se le apliquen al empleado.
2. Reporte de “Valores Deducidos”
En el campo de “valores deducidos de nómina” se deben reportar todos los conceptos que se restan al trabajador (aportes a salud/pensión a cargo del empleado, libranzas, embargos, etc.), y no solo aquellos que disminuyan el gasto de la empresa.
- Razón: El DSNE busca reflejar la realidad económica completa del vínculo laboral y garantizar la trazabilidad para la fiscalización, no actuar simplemente como un desprendible de pago.
3. Principio de Devengo y Asimetría
El concepto rechaza la idea de reportar valores asimétricos (devengos contables vs. pagos de caja). Todo el reporte debe alinearse con el principio de devengo (Art. 105 E.T.): se reporta el gasto en el momento en que nace la obligación de pago, garantizando coherencia entre la contabilidad y el reporte fiscal.
4. Prohibición de Valores Negativos
Se ratifica que el DSNE no admite valores negativos.
- Las provisiones de monto incierto no son deducibles hasta que se vuelvan ciertas.
- No se pueden reportar pagos inferiores al salario mínimo legal (salvo excepciones de ley), en concordancia con el Código Sustantivo del Trabajo.