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Deducciones que se restarán de la base de retención. DIAN-Oficio 001717

Deducciones que se restarán de la base de retención. DIAN-Oficio 001717

Oficio 001717

(23-10-2017)

  • Tipo de norma: Oficio
  • Número: 001717
  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
  • Fecha: 2017-10-23
  • Título: Deducciones que se restarán de la base de retención
  • Tema: Retención
  • Subtítulo: Descriptor: Deducciones que se restarán de la base de retención

Problema jurídico resuelto

¿La deducción por concepto de dependientes establecida en el artículo 387 del E.T. aplica únicamente cuando los ingresos provienen de una relación laboral o legal y reglamentaria, o dicha deducción aplica a quienes obtengan rentas de trabajo, sin diferenciar si fueron obtenidas por un contrato civil, laboral o por el desempeño de un cargo público?

Tesis jurídica

La deducción establecida en el artículo 387 del E.T. por concepto de dependientes solo procede cuando los ingresos provienen de una relación laboral o legal y reglamentaria. No aplica a otras rentas de trabajo, como los honorarios de contratistas.

Por lo tanto, el Concepto 19453 del 21 de julio de 2017 no es reconsiderado y se mantiene su tesis.

Base legal

Estatuto Tributario, artículo 387 (modificado por el artículo 15 de la Ley 1607 de 2012).

Fundamentación

Interpretación Literal y Restrictiva del Art. 387 E.T.: La DIAN basa su decisión en el tenor literal del inciso segundo del artículo 387 del E.T., que establece la deducción mensual de hasta el 10% del total de los ingresos brutos provenientes “de la relación laboral o legal y reglamentaria” del respectivo mes por concepto de dependientes.

Mención Expresa y Calificada: La DIAN resalta que la norma se refiere específicamente al “trabajador” en una relación laboral y la forma de determinar la deducción está atada a los ingresos de esa “relación laboral o legal y reglamentaria”. Esta mención expresa y calificada no permite extender el beneficio a otras fuentes de rentas de trabajo.

Voluntad del Legislador: Se argumenta que fue el legislador quien fijó los criterios para la procedencia de este tratamiento exceptivo. Si la intención hubiera sido incluir a todos los “trabajadores” o todas las rentas de trabajo, la redacción de la norma habría sido diferente.

Rechazo de Interpretaciones Extensivas: La DIAN desestima los argumentos del peticionario que solicitaban una interpretación armónica, contextual y finalista de la norma para incluir a los contratistas. Aclara que no interpretar la norma como el ciudadano desea no significa que la interpretación de la DIAN sea restrictiva o que se desconozcan los principios hermenéuticos, sino que se atiende al sentido natural y obvio de las palabras de la ley.

Reafirmación de Doctrina Precedente: Al no encontrar contradicción en la norma ni cambios relevantes en la legislación que regula la materia, la DIAN confirma la validez del Concepto 19453 de 2017.

Conclusión

Problema jurídico Tesis jurídica
¿La deducción por dependientes aplica a todas las rentas de trabajo o solo a ingresos laborales/reglamentarios? La deducción por dependientes (art. 387 E.T.) solo aplica a ingresos provenientes de una relación laboral o legal y reglamentaria. No se extiende a honorarios de contratistas. Se mantiene la tesis del Concepto 19453 de 2017.
  • Firma: OSCAR FERRER MARÍN – Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (A)