Concepto 313 (002809)
(06-03-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 313(002809)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-03-06
- Título: Interpretación de CDI y Mecanismo de Procedimiento Amistoso
1. Problemas jurídicos resueltos
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¿Tiene la DIAN competencia para interpretar los Convenios para Evitar la Doble Imposición (CDI)?
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¿Cómo resolver diferencias interpretativas entre administraciones tributarias?
2. Tesis de la DIAN
A. Competencia interpretativa de la DIAN
✅ Sí, conforme a:
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Art. 56 Dec. 1742/2020: Faculta a la Subdirección de Normativa y Doctrina para interpretar normas tributarias (incluyendo CDI ratificados como ley).
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Art. 131 Ley 2010/2019: Los conceptos son vinculantes para funcionarios de la DIAN.
🔹 Base jurídica:
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CDI forman parte del ordenamiento interno tras ratificación legislativa (Art. 31-33 Convención de Viena).
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Jurisprudencia del Consejo de Estado (Sent. 28/04/2016) reconoce carácter normativo de los conceptos DIAN.
B. Solución de controversias interpretativas
✅ Mecanismo de Procedimiento Amistoso (MAP):
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Regulado en Art. 25 Modelo OCDE y Art. 869-3 ET.
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Aplicable cuando:
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Existan diferencias entre administraciones tributarias.
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Se alegue imposición incompatible con el CDI.
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🔹 Procedimiento:
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Solicitud ante DIAN (cumpliendo requisitos de Res. 000085/2020).
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Negociación directa entre autoridades competentes.
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Posible arbitraje si no hay acuerdo en 2 años (excepto si existe decisión judicial previa).
3. Esquema comparativo
Aspecto | Interpretación DIAN | MAP |
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Alcance | Vinculante para funcionarios DIAN | Soluciona conflictos entre Estados |
Base legal | Art. 56 Dec. 1742/2020 | Art. 25 Modelo OCDE + Art. 869-3 ET |
Efectos | Orientación para contribuyentes | Acuerdo vinculante (equiparable a fallo judicial) |
4. Conclusiones
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La DIAN puede interpretar CDI, pero los conceptos solo son obligatorios para sus funcionarios.
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El MAP es la vía para resolver:
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Diferencias interpretativas entre Estados.
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Casos de doble imposición no conforme al CDI.
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Requisito clave para MAP: Desistimiento de recursos administrativos/judiciales sobre las glosas sometidas a procedimiento (Art. 869-3 ET, parágrafo).
- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)