Concepto 153(001431)
(10-02-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 153(001431)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-02-10
- Título: Tema: Beneficios tributarios para I+D+i
- Subtítulo: Restricciones para ESAL, RST y Obras por Impuestos
1. Problemas jurídicos resueltos
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¿Pueden las ESAL acceder a beneficios de I+D+i (Arts. 256 y 256-1 ET)?
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¿Las Mipymes en RST pueden aplicar estos beneficios?
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¿Son compatibles con el mecanismo de Obras por Impuestos?
2. Tesis principales
A. Para Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL):
❌ No aplican los beneficios por:
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Art. 256-1 ET: Exclusivo para Mipymes (no ESAL).
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Art. 256 ET: Cupos asignados solo a empresas (Decreto 1625/2016).
B. Para Régimen Simple de Tributación (RST):
❌ Incompatible porque:
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El RST reemplaza el impuesto sobre la renta (Art. 903 ET).
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No hay base imponible para aplicar descuentos o créditos.
C. Para Obras por Impuestos:
❌ Exclusión expresa:
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Art. 800-1 ET prohíbe acumular con otros beneficios tributarios.
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Naturaleza distinta: Obras por Impuestos son donaciones al Estado, mientras I+D+i genera activos para el contribuyente.
3. Fundamentación clave
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Normativa:
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Arts. 256 y 256-1 ET (beneficios I+D+i).
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Art. 800-1 ET (Obras por Impuestos).
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Decreto 1625/2016 (reglamentación).
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Doctrina DIAN:
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Concepto 900633/2021: ESAL no equiparables a Mipymes.
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Beneficios son de interpretación restrictiva.
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4. Conclusiones
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ESAL:
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No califican como Mipymes.
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Cupos de beneficios solo para empresas.
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RST:
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No tiene impuesto sobre la renta para descontar.
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Obras por Impuestos:
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Proyectos son inalienables (no generan activos para el contribuyente).
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Prohibición legal de acumular beneficios.
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- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)