Concepto 149(001429)
(10-02-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 149(001429)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-02-10
- Título: Tema: Certificado de integración en importaciones desde zonas francas
- Subtítulo: Requisitos para liquidación de IVA en Declaración Especial de Importación (DEI)
1. Problema jurídico
¿Qué información debe contener el certificado de integración emitido por usuarios operadores de zonas francas para:
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Liquidar correctamente el IVA en Declaraciones Especiales de Importación (DEI)?
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Soportar los costos/gastos de producción y valores ya gravados con IVA?
2. Tesis de la DIAN
A. Contenido obligatorio del certificado:
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Detalle de componentes:
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Valor de materias primas nacionales/importadas utilizadas.
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Servicios vinculados al proceso productivo.
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IVA pagado:
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Montos específicos de IVA ya cancelados por materias primas/servicios (para descontar de la base gravable).
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Costos y gastos de producción:
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Mano de obra, beneficios, y otros costos asociados.
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B. Responsabilidades:
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Usuario operador (zona franca):
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Expedir el certificado con información veraz y completa (Art. 484, Dec. 1165/2019).
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Usuario industrial (importador):
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Proporcionar datos para el certificado y permitir controles de inventario (Art. 495, Dec. 1165/2019).
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3. Fundamentación jurídica
A. Normativa clave:
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Estatuto Tributario (Art. 459):
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Base gravable del IVA = Valor en aduana + costos/gastos de producción – IVA ya pagado.
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Decreto 1165/2019:
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Arts. 483-485: Certificado de integración como soporte para liquidar tributos.
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Art. 494: Obligación del usuario operador de emitirlo.
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Resolución 046/2019 (Art. 526-1):
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DEI debe incluir certificado de integración + formularios asociados.
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B. Medios probatorios (Art. 743 ET):
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Documentos válidos: Facturas, documentos equivalentes, o cualquier medio idóneo que:
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Cumpla con exigencias legales.
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Tenga conexión directa con los hechos.
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Genere certeza según sana crítica.
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4. Conclusiones
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Certificado de integración:
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Es documento esencial para liquidar IVA en DEI.
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Debe discriminar valores gravados/no gravados con IVA.
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Colaboración entre actores:
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Usuario industrial debe compartir información con usuario operador.
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Usuario operador debe verificar datos para evitar subdeclaraciones.
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Soporte documental:
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Cualquier medio probatorio idóneo es válido (no solo facturas).
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- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)