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Oficio 1055 – DIAN BIENES GRAVADOS A LA TARIFA DE 5%

BIENES GRAVADOS A LA TARIFA DE 5%. LA VENTA NACIONAL DE LOS HUESOS DE CARNAZA Y, COMERCIALMENTE, EL HUESO DE CARNAZA PARA PERRO (SUBPARTIDA ARANCELARIA 2309.10.90.00) ESTÁN GRAVADOS CON EL IVA A LA TARIFA DEL 5%. En el artículo 468-1 del Estatuto Tributario se incluye la partida arancelaria 23.09, razón por la cual, en el criterio de este Despacho podría aplicarse el criterio de interpretación de que trata el literal a) precitado, con lo cual los huesos de carnaza y, comercialmente, hueso de carnaza para perro, estarían gravados con IVA a la tarifa del 5%, siempre y cuando efectivamente hagan parte de la partida arancelaria en comento.

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sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente – OFICIO 657

De conformidad con el artículo 1.6.1.4.12. del Decreto 1625 de 2016 el documento soporte en adquisiciones efectuadas a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente procede de conformidad con lo establecido en el artículo 771-2 del Estatuto Tributario, cuando se realicen transacciones con sujetos no obligados a expedir factura de venta y/o documento equivalente. Este documento soporte prueba la respectiva transacción que da lugar a costos, deducciones, o impuestos descontables

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