<
Cr Consultores

Sanción por no declarar. Liquidación de aforo. DIAN-Concepto 193(002704)

Concepto 193(002704)

(14-02-2025)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 193(002704)
  • Entidad emisora: DIAN
  • Fecha: 2025-02-14
  • Título: Tema: Régimen Simple de Tributación (SIMPLE) – Procedimiento
  • Subtítulo: Sanción por no declarar – Liquidación de aforo

1. Sanción por no declarar en el SIMPLE

  • Problema jurídico:
    ¿Es aplicable la sanción del Art. 643(1) ET por no presentar la declaración anual del SIMPLE?

  • Tesis de la DIAN:
    No, porque:

    • El Art. 643(1) ET no incluye expresamente la omisión del SIMPLE como conducta sancionable.

    • Vulneraría principios de legalidad y reserva de ley (Constitución, Art. 29).

  • Jurisprudencia:

    • Consejo de Estado y Corte Constitucional exigen tipicidad expresa en normas sancionatorias.


2. Liquidación de aforo en el SIMPLE

  • Problema jurídico:
    ¿Puede la DIAN emitir liquidación de aforo (Art. 717 ET) a contribuyentes SIMPLE que no declaran?

  • Tesis de la DIAN:
    , porque:

    • El Art. 717 ET es independiente de la sanción por no declarar.

    • Requisitos:

      • Emplazamiento previo al contribuyente (garantiza derecho de defensa).

      • Dentro de los 5 años posteriores al vencimiento del plazo para declarar.

  • Normativa aplicable:

    • Art. 717 ET (liquidación de aforo).

    • Art. 916 ET (remite al procedimiento general del ET para el SIMPLE).


3. Conclusiones

  1. No hay sanción por no declarar en el SIMPLE (falta de tipicidad expresa en Art. 643 ET).

  2. Sí procede la liquidación de aforo (Art. 717 ET) si el contribuyente omite su declaración, previo emplazamiento.

  3. La DIAN también puede usar:

    • Liquidación provisional (Art. 764 ET).

    • Liquidación oficial simplificada (Art. 913 ET).

  • Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)