📅 04/08/2026
Resumen
El Decreto 0973 de 2026, emitido por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, establece el marco regulatorio para el Sistema Nacional de Mecanismos de Mercado de Carbono y de Instrumentos de Precio al Carbono en Colombia. Esta norma busca organizar de manera integral los principios, criterios y la estructura institucional necesaria para el fortalecimiento de los mercados de carbono en el país. El decreto reglamenta aspectos críticos como la integridad ambiental, la adicionalidad de los proyectos y la transparencia en la reducción de emisiones. Asimismo, define el funcionamiento del Registro Nacional de Reducción de Emisiones (RENARE) y los protocolos de monitoreo, validación y certificación de las iniciativas de mitigación del cambio climático, asegurando que los resultados reportados sean confiables y verificables para su uso en compensaciones o pagos por resultados.
Preguntas Centrales
¿Cuál es el objeto de la creación de este nuevo sistema?
El objetivo es reglamentar un conjunto de lineamientos y procedimientos generales que fortalezcan los instrumentos de precio al carbono en Colombia. Se busca garantizar que todas las transacciones y reportes se realicen bajo parámetros de transparencia, confiabilidad, calidad e integridad ambiental, permitiendo que el país cumpla con sus compromisos internacionales de cambio climático.
¿A quiénes les aplica esta nueva normativa?
La norma es vinculante para las personas naturales o jurídicas, tanto del sector público como privado, que sean responsables de formular, implementar o vigilar iniciativas de mitigación en territorio nacional. Aplica específicamente a quienes pretendan optar a pagos por resultados, compensaciones similares, transferencias internacionales de carbono o que busquen demostrar el cumplimiento de las metas nacionales de mitigación.
¿Qué obligaciones tienen las iniciativas que no participan en el mercado de carbono?
Aquellas iniciativas que no tengan como fin generar certificados o participar en mercados de carbono no están sujetas a toda la estructura del sistema, pero deben cumplir obligatoriamente con los reportes generales de información que establezca la normativa aplicable en materia de cambio climático.
Fundamentación Clave
Marco Normativo Legal
El decreto se sustenta y reglamenta las siguientes disposiciones superiores:
- Artículo 22 de la Ley 2169 de 2021: Relacionado con la acción climática y metas de mitigación.
- Artículo 175 de la Ley 1753 de 2015 (modificado por el Artículo 230 de la Ley 2294 de 2023): Referente a los instrumentos para la gestión del cambio climático y mercados de carbono.
- Adición al Decreto 1076 de 2015: El Decreto Único Reglamentario del Sector Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Pilares Técnicos y de Control
Para la validez de las iniciativas, el documento fundamenta su posición en:
- RENARE: Como herramienta central de registro y seguimiento de las reducciones de emisiones.
- Integridad Ambiental y Adicionalidad: Conceptos contables y técnicos que aseguran que las reducciones de emisiones sean reales y no se hubieran producido sin la intervención del proyecto.
- Monitoreo, Validación y Certificación: Procesos obligatorios para garantizar la veracidad de los activos de carbono generados.
Conclusión
La tesis principal del Decreto 0973 de 2026 es la formalización institucional del mercado de carbono en Colombia. Al integrar el sistema al Decreto 1076 de 2015, el Gobierno Nacional asegura un control estricto sobre las iniciativas de mitigación, exigiendo que cualquier resultado de reducción de emisiones que aspire a tener un valor económico o de cumplimiento legal deba estar debidamente registrado en RENARE y cumplir con estándares rigurosos de certificación y validación. Esto otorga seguridad jurídica a los actores del mercado y garantiza la transparencia en la contabilidad de carbono del país.
Extracto del documento
10/8/26, 9:11 a.m. cetapp.ceta.org.co/document/view/ceaf55ff-8c7b-412c-b231-82775ee46801
Decreto 0973 de 2026
Sistema Nacional de Mecanismos de Mercado de Carbono y de
Instrumentos de Precio al Carbono. Se reglamentan el artículo 22
de la Ley 2169 de 2021 y el artículo 175 de la Ley 1753 de 2015,
modificado por el artículo 230 de la Ley 2294 de 2023, se adiciona
un Capítulo al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076
de 2015
El Decreto reglamenta el Sistema Nacional de Mecanismos de Mercado de
Carbono e Instrumentos de Precio al Carbono en Colombia. Se establecen la
estructura institucional, los criterios y lineamientos exigidos para garantizar
la integridad ambiental frente al cambio climático. Igualmente, regula el
Registro Nacional de Reducción de Emisiones (RENARE) y los procesos de
monitoreo, validación y certificación de las iniciativas de mitigación.
Apartes del texto del Decreto: “…Artículo 2.2.9.15.1.1. Objeto. El presente
Decreto tiene por objeto crear y reglamentar el Sistema Nacional de
Mecanismos de Mercado de Carbono y de Instrumentos de Precio al
Carbono, entendido como el conjunto de principios, criterios, lineamientos,
condiciones, estructura institucional, procesos y procedimientos generales,
para el fortalecimiento de los mercados de carbono e instrumentos de precio
al carbono en Colombia, bajo parámetros de transparencia, confiabilidad,
credibilidad, calidad, integridad ambiental y adicionalidad./ Artículo
2.2.9.15.1.2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones del presente decreto
aplican a las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas,
responsables de la formulación, implementación, seguimiento, vigilancia y
control de las iniciativas de mitigación adelantadas en el territorio nacional,
que pretendan optar a pagos por resultados, o compensaciones similares,
incluyendo transferencias internacionales, o que pretenda demostrar
resultados en el marco del cumplimiento de las metas nacionales de cambio
climático establecidas bajo la Convención Marco de las Naciones Unidas
para el Cambio Climático./ Las iniciativas de mitigación del cambio climático
que no pretendan generar certificados ni participar en mecanismos de
mercado, se sujetarán únicamente a las obligaciones generales de reporte
que expresamente establezca la normativa aplicable..”
Sistema Nacional de Mecanismos de Mercado de Carbono y de Instrumentos
de Precio al Carbono| Mercado de carbono | Cambio climático | RENARE |
Mitigación de emisiones | Integridad ambiental.
https://cetapp.ceta.org.co/document/view/ceaf55ff-8c7b-412c-b231-82775ee46801 1/2
10/8/26, 9:11 a.m. cetapp.ceta.org.co/document/view/ceaf55ff-8c7b-412c-b231-82775ee46801
Decreto 0973
04-08-2026
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Por el cual se reglamentan el artículo 22 de la Ley 2169 de 2021 y el artículo 175
de la Ley 1753 de 2015, modificado por el artículo 230 de la Ley 2294 de 2023, se
adiciona un Capítulo al Título 9 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1076 de
2015, en lo relacionado con el desarrollo, las condiciones, los criterios y el marco
institucional requerido para los mercados de carbono en Colombia y se dictan
otras disposiciones
https://cetapp.ceta.org.co/document/view/ceaf55ff-8c7b-412c-b231-82775ee46801 2/2
Fuente: https://cijuf.org.co/sites/cijuf.org.co/files/normatividad/2026/DECRETO%20973.pdf
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