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Retención en la fuente. Umbrales de los montos mínimos de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta. DIAN-Concepto 1195(010721)

Retención en la fuente. Umbrales de los montos mínimos de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta. DIAN-Concepto 1195(010721)

Concepto 1195(010721)

(05-08-2025)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 1195(010721)
  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
  • Fecha: 2025-08-05
  • Título: Retención en la fuente. Umbrales de los montos mínimos de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta.
  • Tema: Renta
  • Subtítulo: Descriptores: Retención en la fuente. Umbrales de los montos mínimos de retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta.

Problema jurídico resuelto

¿El Decreto 572 de 2025 modificó la base mínima para practicar retención en la fuente por el concepto de arrendamiento de bienes inmuebles?

Tesis jurídica

  • Sí, la modificó.
  • El Decreto 572 de 2025 actualizó los umbrales mínimos para la práctica de la retención en la fuente a título de renta.
  • Específicamente, el literal i) del artículo 6 de dicho decreto, que sustituyó el inciso 3 del artículo 1.2.4.9.1. del Decreto 1625 de 2016, estableció una nueva base mínima general de 10 UVT.
  • Esta nueva base mínima de 10 UVT es aplicable al concepto de arrendamiento de bienes inmuebles, cuya tarifa de retención es del 3.5%.

Base legal

  • Decreto 572 de 2025, art. 6.
  • Decreto 1625 de 2016, arts. 1.2.4.9.1 y 1.2.4.10.6.

Fundamentación

  • Norma Modificatoria: La DIAN explica que el Decreto 572 de 2025 tuvo como objeto específico modificar los umbrales mínimos para la práctica de la retención en la fuente.
  • Aplicación de la Norma General: Aunque la tarifa para arrendamiento de inmuebles (3.5%) está en un artículo separado (1.2.4.10.6. del DUR 1625), la base mínima para su aplicación se rige por la norma general de retención sobre “otros ingresos” (art. 1.2.4.9.1. del DUR 1625).
  • Sustitución de la Base Mínima: El artículo 6 del Decreto 572 de 2025 sustituyó el inciso que contenía las bases mínimas anteriores y estableció un nuevo umbral general, que para el concepto en cuestión (y otros) es de 10 UVT. Por lo tanto, esta nueva base es la que debe aplicarse para determinar si un pago por arrendamiento de inmuebles está sujeto a retención en la fuente.

Conclusión

Problema jurídico Tesis jurídica
¿Se modificó con el Decreto 572 de 2025 la base mínima de retención en la fuente para arrendamiento de inmuebles? . La nueva base mínima para practicar retención en la fuente por este concepto es de 10 UVT.
  • Firma: Subdirección de Normativa y Doctrina