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Retención en la fuente. Retención por honorarios. DIAN-Concepto 1141(001163)

Concepto 1141 (001163)

(12-06-2025)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 1141 (001163)
  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN
  • Fecha: 2025-06-12
  • Título: Tema: Impuesto sobre la renta y complementarios
  • Subtítulo: Descriptores: Retención en la fuente. Retención por honorarios

Problema jurídico resuelto

¿Debe aplicarse la tabla del artículo 383 del Estatuto Tributario sobre el valor total pagado en el mes, cuando se pagan varias cuentas de cobro mensualizadas en un solo mes por concepto de rentas de trabajo que no provienen de una relación laboral?

Tesis jurídica

La retención en la fuente a las rentas de trabajo no laborales debe calcularse aplicando el mecanismo de mensualización, incluso cuando el pago no se realice mensualmente. Se debe retener el valor resultante de la sumatoria de las retenciones mensualizadas correspondientes a cada mes, y no aplicar la tabla del artículo 383 del E.T. al valor acumulado total del pago.

Condición

No aplica.

Base legal

  • Artículos 103, 383 y 388 del Estatuto Tributario

  • Artículo 1.2.4.1.6 del Decreto 1625 de 2016

Fundamentación

El parágrafo 2 del artículo 383 del E.T., modificado por la Ley 2277 de 2022, establece que la retención a personas naturales por rentas de trabajo sin relación laboral se debe realizar sobre pagos mensualizados, calculando una base mensual a partir del valor total del contrato menos aportes obligatorios, dividido por los meses de vigencia.
Cuando los pagos no se realicen mensualmente, se debe aplicar igualmente la retención mensualizada por cada mes hasta el momento del pago acumulado.
La interpretación contraria, que aplica la tabla del artículo 383 al monto total pagado en un solo mes, puede generar inequidades por el carácter progresivo de la tarifa, y es contraria al principio de equidad horizontal.
El artículo 1.2.4.1.6 del Decreto 1625 de 2016 complementa esta interpretación sin contradecir la mensualización obligatoria.

Conclusión

Concepto Aplicación
Retención en la fuente por honorarios mensualizados Se debe calcular sobre la base mensual resultante de dividir el valor total del contrato (menos aportes) por los meses de vigencia. En caso de pagos acumulados, se retiene la sumatoria de las retenciones mensualizadas de cada mes. No se aplica la tabla al valor total acumulado.