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Las palabras en idioma extranjero que…

 

De acuerdo con lo conceptualizado por la Superintendencia De Industria y Comercio, las palabras en idioma extranjero y su significado para registro como marca, se las considera de fantasía, pudiendo ser objeto de registro.

 Pero, y como bien lo expresa el Tribunal Andino “si su significado se ha hecho del conocimiento de la mayoría del público consumidor o usuario del producto o servicio correspondiente y, si se trata de vocablos genéricos, descriptivos o de uso común, el signo no será registrable”.

De manera que en Colombia las palabras en idioma extranjero al formar parte de un signo solicitado pueden ser objeto de registro como marca, ajustándose al procedimiento de registro marcario previsto en el Título VI, Capítulo II de la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina. (Radicado No. 14-86876 del 6 de junio de 2014).

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