Concepto 492 (003979)
(04-04-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 492 (003979)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-04-04
- Título: Tratamiento tributario de devoluciones de impuestos extranjeros
- Subtítulo: Rentas de fuente mundial para residentes fiscales colombianos
Problema jurídico resuelto
¿Los valores recibidos por residentes colombianos por devolución de impuestos extranjeros constituyen renta gravable?
Tesis jurídica:
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Sí son renta gravable cuando representen incremento patrimonial (Art. 26 ET)
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Deben declararse como ingresos no laborales (Arts. 9 y 335 ET)
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No aplican como dividendos/participaciones (Art. 342 ET)
Fundamentación
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Residentes colombianos tributan sobre rentas mundiales (Art. 9 ET)
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Base gravable: Todo ingreso que genere incremento patrimonial (Art. 26 ET)
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Clasificación:
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Declarables en Formulario 210 (Renglón 74 – Ingresos no laborales)
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No aplica a cédulas de trabajo, pensiones o dividendos
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Excepción: Descuento por impuestos pagados en el exterior (Art. 254 ET)
Conclusión
| Situación | Tratamiento |
|---|---|
| Devolución de impuestos extranjeros | Renta gravable (ingreso no laboral) |
| Impuestos pagados en el exterior | Posible descuento (Art. 254 ET) |
| Convenios de doble tributación | Aplicar normas específicas del CDI |
- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)