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Fin del beneficio de progresividad en renta (Ley 1429 de 2010). DIAN-Concepto General 900479

Fin del beneficio de progresividad en renta (Ley 1429 de 2010). DIAN-Concepto General 900479

Concepto General 900479 del 01-03-2017 – DIAN

1. El Beneficio Original (Derogado)

La Ley 1429 de 2010 permitía a nuevas pequeñas empresas (personas naturales y jurídicas) pagar el Impuesto de Renta de forma escalonada:

  • Años 1 y 2: 0% de la tarifa.
  • Año 3: 25%.
  • Año 4: 50%.
  • Año 5: 75%.
  • Año 6: 100%.Además, no tenían retención en la fuente ni renta presuntiva. Todo esto fue derogado desde el 1 de enero de 2017.

2. Régimen de Transición (Solo Personas Jurídicas)

Para proteger a las sociedades que ya existían bajo este modelo, la Ley 1819 de 2016 (Art. 100) estableció una nueva tabla de transición (Parágrafo 3 del Art. 240 E.T.):

Año de Operación Fórmula de Tarifa Tarifa Aprox (Si la general fuera 35%)
Años 1 y 2 9% + (TG – 9%) * 0 9%
Año 3 9% + (TG – 9%) * 0.25 15.5%
Año 4 9% + (TG – 9%) * 0.50 22%
Año 5 9% + (TG – 9%) * 0.75 28.5%
Año 6+ Tarifa General (TG) 35%

Cambio Clave: La tarifa mínima subió del 0% al 9%. Ya no existen años de “cero impuesto”.

3. Pérdida de Otros Beneficios

El concepto es claro en que, desde 2017:

  • Retención en la Fuente: Todas estas empresas empezaron a ser objeto de retención en la fuente (clientes les retienen) y autorretención.
  • Renta Presuntiva: Perdieron la exclusión y debieron empezar a calcularla (aunque hoy la tarifa es 0%).
  • Personas Naturales: Perdieron totalmente el beneficio de progresividad y pasaron al régimen ordinario de renta de personas naturales (cedular) sin transición.