Resolución 2288 del 26-12-2025 – Superintendencia Financiera de Colombia
1. Tasas Certificadas (Efectivo Anual)
A continuación se detallan las tasas de referencia certificadas para cada modalidad:
| Modalidad de Crédito | IBC Certificado (E.A.) | Tasa de Usura (1.5 x IBC) |
| Consumo y Ordinario | 16.24% | 24.36% |
| Consumo de Bajo Monto | 45.90% | 68.85% |
| Productivo de Mayor Monto | 26.80% | 40.20% |
| Productivo Rural | 18.65% | 27.98% |
| Productivo Urbano | 38.49% | 57.74% |
| Popular Productivo Rural | 50.88% | 76.32% |
| Popular Productivo Urbano | 59.83% | 89.75% |
2. Impacto en el Crédito de Consumo
Se observa una tasa de referencia del 16.24% para la modalidad más común (tarjetas de crédito, préstamos de libre inversión). Esto implica que el techo máximo de cobro para enero de 2026 será del 24.36% E.A., lo cual marca la pauta para el costo del financiamiento de los hogares al inicio del año.
3. Enfoque en Crédito Popular y Productivo
La resolución mantiene la segmentación detallada para créditos productivos y populares (rural y urbano). Se destacan las tasas considerablemente más altas para el Crédito Popular Productivo Urbano (59.83%), reflejando el mayor riesgo asociado y el costo operativo de la inclusión financiera en este segmento (microcréditos de bajo monto).