Concepto 947 (019978) de la DIAN
(29-10-2024)
Tema: Facturación electrónica y tratamiento de operaciones a crédito vs. compensación (“cruce de cuentas”).
1. Sobre la determinación de operaciones a crédito en facturas electrónicas:
Problema: ¿Debe la DIAN verificar si una operación es a crédito basándose exclusivamente en el XML y PDF de la factura electrónica?
Tesis DIAN:
✅ Sí, inicialmente:
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La DIAN debe partir de la información registrada en el XML y representación gráfica de la factura (FEV), por:
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Principio de seguridad jurídica.
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Libertad contractual de las partes.
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Límites técnicos de validación previa (Art. 33 Res. 000165/2023).
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⚠ Pero: Si en un proceso de fiscalización el adquiriente objeta las condiciones reales:
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Puede presentar pruebas para demostrar la verdadera naturaleza de la operación.
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La DIAN valorará dichas pruebas según normas procedimentales.
Base legal:
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Estatuto Tributario (Art. 616-1) – Obligación de facturar.
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Resolución 000165/2023 (Arts. 11, 19, 20, 33) – Requisitos y validación de FEV.
2. Sobre el “cruce de cuentas” (compensación):
Problema: ¿Una operación donde se extingue la obligación por compensación (“cruce de cuentas”) se considera a crédito o a plazo?
Tesis DIAN:
❌ No es a crédito ni a plazo:
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La compensación (Art. 1714 Código Civil) extingue las obligaciones recíprocas al momento del acuerdo.
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Solo habrá operación a crédito si queda un saldo pendiente a cargo del deudor.
Ejemplo:
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Empresa A vende a Empresa B por $10M, pero B le debe $6M por otro concepto.
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Al compensar, A emite factura por $10M y registra pago de $6M por compensación + $4M pendientes.
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Los $4M sí serían a crédito (si se pacta plazo).
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Conclusiones clave:
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Responsabilidades:
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Facturador: Verificar que la FEV refleje la realidad de la operación.
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Adquiriente: Revisar y objetar discrepancias en fiscalizaciones.
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DIAN: Validar requisitos formales (no sustanciales) en la emisión.
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Compensación (“cruce de cuentas”):
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No requiere factura a crédito, salvo que exista saldo pendiente.
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Debe documentarse adecuadamente para soportar la extinción de obligaciones.
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Normas aplicables:
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Resolución 000165/2023 (facturación electrónica).
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Código Civil (Arts. 1714 y ss.) – Compensación.
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Concepto 007058/2024 – Plazos para mensajes de confirmación (soporte de IVA).