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Exención del impuesto sobre la renta de las pensiones cuyo monto no sobrepase las 1000 UVT- DIAN Concepto 837(007359)

 

Concepto DIAN 837 (007359) de la DIAN

(01-10-2024)

Tema:
Exención del impuesto sobre la renta para pensiones que no superen las 1.000 UVT bajo la Ley 2381 de 2024 (Reforma Pensional).

Problema Jurídico

¿Se mantiene el mismo límite de exención (1.000 UVT) y su periodicidad (mensual) para las pensiones en la nueva reforma pensional, o cambia a un cálculo anual?

Tesis Jurídica

La exención tributaria para pensiones hasta 1.000 UVT se mantiene igual, aplicándose de forma mensual, tal como lo establecía la normativa anterior.

Fundamentación

  1. Normativa anterior (Ley 100 de 1993 y Estatuto Tributario):

    • El artículo 135 de la Ley 100 de 1993 y el artículo 206 del Estatuto Tributario establecían que las pensiones solo tributan por el exceso de 1.000 UVT mensuales.

  2. Nueva normativa (Ley 2381 de 2024 – Reforma Pensional):

    • El artículo 84 señala que las pensiones estarán gravadas solo en la parte que exceda 1.000 UVT, pero no especifica periodicidad.

    • Sin embargo, no hay un cambio explícito en el tratamiento tributario respecto a la periodicidad.

  3. Doctrina DIAN (Concepto 006606 de 2024):

    • La ausencia de una modificación expresa en la nueva ley implica que se mantiene el criterio vigente (límite mensual).

    • No existe derogatoria tácita de las normas anteriores, por lo que la exención sigue aplicándose por mes.

Conclusión

  • Las pensiones hasta 1.000 UVT al mes siguen exentas del impuesto sobre la renta.

  • Solo el excedente mensual está sujeto a tributación.

  • La Reforma Pensional no modificó este esquema, manteniendo la periodicidad mensual.

Nota: La interpretación se basa en la consistencia normativa y la doctrina previa de la DIAN. Para consultas específicas.

Firma:
Ingrid Castañeda Cepeda
Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)
DIAN, Bogotá, D.C.