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Exención de reporte de información exógena para agentes de retención en Régimen SIMPLE. DIAN-Concepto 449(003863)

Concepto 449(003863)

(31-03-2025)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 449(003863)
  • Entidad emisora: DIAN
  • Fecha: 2025-03-31
  • Título: Reporte de información exógena en Régimen SIMPLE
  • Subtítulo: Exención para personas naturales que practican retenciones

1. Problemas jurídicos resueltos

  • ¿Deben las personas naturales del Régimen SIMPLE reportar información exógena sobre rentas de capital/no laborales cuando actúan como agentes de retención?

  • ¿Cómo se aplica la Resolución 000162 de 2023 a estos contribuyentes?


2. Tesis de la DIAN

A. Exención del reporte:
❌ No aplica la obligación de reportar rentas de capital/no laborales (Resolución 000162/2023, parágrafo 3) cuando:

  • Las retenciones practicadas son por:

    1. Pagos laborales.

    2. Compras gravadas con IVA (Art. 437-2 ET).

  • Fundamento:

    • El SIMPLE tributa por ingresos brutos (Art. 904 ET), sin distinción de rentas.

B. Excepción:
✅ Solo deben reportar si superan 11,800 UVT en ingresos brutos (inciso 2, Art. 4 Resolución 000162/2023).


3. Fundamentación jurídica

  • Estatuto Tributario: Arts. 329, 330, 335, 437-2, 901, 904, 911.

  • Resoluciones:

    • 000162/2023 (parágrafo 3).

    • 000165/2023 modificada por 000188/2024 (numeral 6).

  • Doctrina: No aplica determinación cedular (rentas específicas) en SIMPLE.


4. Conclusiones

  • Declaración simplificada: Contribuyentes SIMPLE no clasifican rentas (base = ingresos brutos).

  • Responsabilidad: La DIAN no exige reporte exógeno de rentas de capital/no laborales en estos casos.

  • Límite: Reporte obligatorio solo si ingresos brutos > 11,800 UVT.

  • Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)