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Contrato de Concesión de infraestructura de transporte. DIAN-Concepto 19455

Concepto 19455

(27-07-2018)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 19455
  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN
  • Fecha: 2018-07-27
  • Título: Tema: IVA. Procedimiento
  • Subtítulo: Descriptor: Contrato de Concesión de infraestructura de transporte.

Problema jurídico resuelto

  1. ¿Es viable realizar ajustes retroactivos y futuros del IVA (del 19% al 16%) en contratos de interventoría derivados de contratos de concesión firmados antes de la Ley 1819 de 2016?
  2. Si un solo contrato de interventoría cubre varios contratos de concesión con distintas fechas de firma, ¿se puede aplicar un IVA diferenciado para cada uno?
  3. ¿Cuál es la tarifa de IVA aplicable bajo el régimen de transición?

Tesis jurídica

  • Sí, es viable realizar ajustes retroactivos y futuros del IVA, siempre y cuando el contrato de interventoría no implique una adición al contrato de concesión principal. Si no hay adición, se aplica la tarifa de IVA que estaba vigente en la fecha de firma del contrato de concesión (16%). El procedimiento para el reintegro del IVA pagado en exceso se rige por el Decreto 1950 de 2017.
  • Sí, es viable aplicar un régimen de IVA diferenciado. La tarifa aplicable a cada porción del servicio de interventoría dependerá de la fecha de firma y de si se ha adicionado o no cada uno de los contratos de concesión a los que sirve.
  • La tarifa de IVA aplicable bajo el régimen de transición es la vigente en la fecha de suscripción del contrato de concesión, que para los contratos firmados antes de la Ley 1819 de 2016 corresponde al 16%. Si el contrato de concesión es adicionado, a la adición se le aplica la tarifa vigente en el momento de dicha adición (19%).

Base legal

  • Ley 1819 de 2016, art. 193.
  • Decreto 1950 de 2017.

Fundamentación

La DIAN basa su respuesta en los siguientes puntos:

  • Condición Clave del Régimen de Transición: El beneficio de mantener el IVA del 16% depende fundamentalmente de dos condiciones: 1) que el contrato de concesión de infraestructura principal haya sido firmado antes de la vigencia de la Ley 1819 de 2016, y 2) que los contratos derivados (construcción o interventoría) no adicionen el alcance o valor del contrato de concesión principal.
  • Mecanismo de Ajuste Retroactivo: El Decreto 1950 de 2017 estableció un procedimiento explícito para los casos en que se facturó con la tarifa del 19% cuando correspondía la del 16%. Este procedimiento implica la expedición de un Certificado de Destinación (CD) por parte del constructor o interventor, la solicitud de reintegro al proveedor y la emisión de notas crédito por parte de este último para ajustar el IVA.
  • Aplicación Proporcional: Si un contrato de interventoría atiende a múltiples contratos de concesión, el tratamiento del IVA debe ser individualizado. Se debe analizar cada contrato de concesión por separado para determinar si cumple las condiciones del régimen de transición. La facturación de la interventoría debe reflejar esta diferenciación, aplicando la tarifa correspondiente a la porción del servicio destinada a cada concesión.

Conclusión

Problema jurídico Tesis jurídica
¿Bajo qué condiciones aplica el régimen de transición del IVA (16%) para contratos de interventoría derivados de concesiones antiguas, y se pueden hacer ajustes si se facturó al 19%? El régimen de transición aplica si el contrato de concesión es anterior a la Ley 1819 de 2016 y el contrato de interventoría no lo adiciona. Sí se pueden hacer ajustes retroactivos y futuros, siguiendo el procedimiento de notas crédito establecido en el Decreto 1950 de 2017. También es posible aplicar un IVA diferenciado si la interventoría cubre múltiples concesiones.
  • Firma: LORENZO CASTILLO BARVO – Subdirector de Gestión Normativa y Doctrina (E)