Concepto N° 186
Cómo se reconocen las donaciones en las ESAL
CTCP- 10-00407-201 8
Bogotá, D.C.,
Señora DIANA VIVAS dianavivasl 1 @gmail.com
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo de Normalización Técnica de Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Único 2420 de 201 5, modificado por los Decretos 2496 de 2015, 21 31 y 2132 de 2016, y 2170/2017, en los cuales se faculta al CTCP para resolver las inquietudes que se Formulen en desarrollo de la adecuada aplicación de los marcos técnicos normativos de las normas de información financiera y de aseguramiento de la información, y el numeral 3 0 del Artículo 33 de la Ley 43 de 1 990, que señala como una de sus funciones el de servir de órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares en todos los aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el ejercicio de la profesión, procede a dar respuesta a una consulta en los siguientes términos.
Una Entidad A clasificada en el Grupo 7, recibe una donación parte (sic) de una Entidad B (Sin Ánimo de lucro), Ésta entidad B apoya algunas de las actividades de que realiza la entidad A.
La donación se trata de un equipo informático, del cual la Entidad B indica que entrega dicho equipo informático y no espera que le sean devueltos, sin embargo, indica que debe ser destinadas (sic) a un proyecto específico que la Entidad A desarrolla. Dentro de la política de Propiedades, Planta y Equipo de la Entidad A, el equipo informático cumple con los criterios de reconocimiento como propiedades, planta y equipo, sin embargo, al ser una donación de una entidad que no pertenece al gobierno en sí, pero se conoce que los fondos de esfa Entidad A que es Internacional provienen de entidades gubernamentales, la consulta es ¿Es válido aplicar la NIC 20 — Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales, si dicha donación no proviene de entidades gubernamentales? ¿Cuál es el manejo que se debería dar a esta donación? ¿Cuál norma se debería aplicar?
CONSIDERACIONES Y RESPUESTA
Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.
Las donaciones recibidas por parte de empresas privadas, por gobiernos de otros países, por parte de Organizaciones No Gubernamentales, y en general por particulares, se encuentran dentro del alcance de la NIC 20 Subvenciones Gubernamentales, aplicando la jerarquía establecida en la NIC 8, relacionada con la selección y aplicación de políticas contables, al respecto los párrafos 10 y 1 1 de NIC 8, establecen lo siguiente:
“En ausencia de una NIIF que sea aplicable específicamente a una transacción o a otros hechos o condiciones, la gerencia deberá usar su iuicio en el desarrollo y aplicación de una política contable, a fin de suministrar información que sea:
(a) relevante para las necesidades de toma de decisiones económicas de los USUariOS,’ y (b) fiable, en el sentido de que los estados financieros:
- presenten de forma fidedigna la situación financiera, el rendimiento financiero y los flujos de efectivo de la entidad;
- reflejen la esencia económica de las transacciones, otros eventos y condiciones, y no, simplemente su forma legal;
- sean neutrales, es decir, libres de prejuicios o sesgos; (iv) sean prudentes; y
(v) estén completos en todos sus extremos significativos.
Al realizar los juicios descritos en el párrafo 10, la gerencia se referirá, en orden descendente, a las siguientes fuentes a la hora de considerar su aplicabilidad:
- los requerimientos de las NIIF que traten temas similares y relacionados; y
- las definiciones, criterios de reconocimiento y medición establecidos para los activos, pasivos, ingresos y gastos en el Marco Conceptual”
Teniendo en cuenta que la NIC 20 Subvenciones Gubernamentales, trata los criterios de reconocimiento, medición, presentación y revelación, de subvenciones recibidas por parte de entidades de gobierno, el mismo criterio puede ser aplicable cuando se reciben donaciones o subvenciones de particulares, entidades no gubernamentales, o gobiernos extranjeros.
Respecto del tratamiento contable que se debe dar a dicha subvención o donación, el CTCP ha manifestado lo siguiente en el concepto 2017-209:
“En el Documento de Orientación Técnica No. IZ (DOT Id) emitido por este Conseio, se incorporan lineamientos generales para la contabilidad de las ESAL (Ver www.ctcp.gov.co, enlace publicaciones/orientaciones técnicas).
En relación con los registros contables que debe realizarse para reconocer las donaciones recibidas por la entidad, estos dependerán del método utilizado. En el DOT Id se señalan dos métodos: a) el método del diferido, y b) el método de la contabilidad de fondos. A continuación incluimos algunos extractos de la orientación técnica que puede ser considerado para determinar la forma correcta de contabilizar las donaciones o contribuciones recibidas por una
Método del Diferido
De acuerdo con este método, el tratamiento contable depende del tipo y propósito de la contribución. Algunas características son las siguientes:
Si la contribución se utiliza en un gasto, se causa igualmente como ingreso en el resultado del eiercicio.
Cuando se recibe una contribución para ser utilizada en gastos en periodos posteriores, se lleva a un ingreso diferido como una contribución diferida, que se amortiza a medida que el gasto correspondiente se incurre, llevándola como reconocimiento de contribuciones diferidas.
Si la contribución es para la adquisición posterior de activos, de igual manera que en el punto anterior se lleva como ingreso diferido y se amortiza en línea con la depreciación del activo adquirido, como amortización de contribuciones diferidas.
Los aportes permanentemente restringidos se llevan a esta categoría en el activo neto y corresponden a aquellos que están representados en activos que deben mantenerse a perpetuidad.
Las contribuciones sin restricciones utilizadas en el año se llevan directamente a ingresos; si no se utilizan en el año se llevan como parte del activo neto sin restricciones.
Si el consejo de administración u órgano equivalente decide destinar una partida de contribuciones sin restricciones para una finalidad especial, se lleva como activo neto internamente restringido.
Las contribuciones con restricciones temporales, se llevan como parte del activo neto temporalmente restringido.
En entidades donde no existan fuentes muy variadas de contribuciones o aportes con diferentes tipos de restricciones este método resulta sencillo y muy apegado a los requerimientos de los marcos técnicos normativos. Si los aportantes, donantes o contribuyentes son muy diversos, puede ser apropiado usar el Método de la Contabilidad de Fondos que se explica a continuación.![]()
Método de la Contabilidad de Fondos
La contabilidad de fondos se basa en la creación formal de fondos individuales para separar grupos de actividades similares ligadas a una misma clase de recursos en función de sus restricciones. Una ESAL puede establecer el número de fondos que requiera para reflejar la variedad de restricciones impuestas a ellos, ya sea externa o internamente.
La contabilidad de fondos agrupa las transacciones y las cuentas relacionadas con actividades que tengan restricciones similares. Cada fondo tiene sus propios ingresos y gastos, sus propios activos y pasivos y su propio saldo de activo neto (cuando se utiliza la contabilidad de fondos, este último se denomina saldo de los fondos). En este método la ESAI presenta un fondo general, también llamado fondo operativo y por lo menos un fondo restringido. Si recibe contribuciones permanentemente restringidas, las lleva en un fondo de aportes permanentemente restringidos. Cabe anotar que la existencia de aportes permanentemente restringidos no significa que fodos los aportes lo sean. Por ejemplo, los aportes de los fundadores pueden no tener restricciones, pero no por ello dejan de ser una partida patrimonial que debe llevarse directamente al activo neto, aunque sin restricciones. Como en el Método del Diferido, el tratamiento contable depende del tipo y propósito de la contribución. Algunas características de este método son las siguientes: ![]()
Las contribuciones para aportes permanentemente restringidos se presentan como ingresos del fondo de aportes permanentemente restringidos.
Las contribuciones con restricciones externas se presentan como ingresos del fondo restringido correspondiente. Esto significa que no existen bajo este método contribuciones diferidas, por lo cual todas hacen parte del ingreso. Sin embargo, una cosa es la restricción de uso y otra las obligaciones asumidas, por lo cual, en el caso colombiano, aun usando este método, las contribuciones que impliquen el cumplimiento de condiciones futuras, deben llevarse como un ingreso diferido. Esto dificultd el uso del método, porque el saldo neto del fondo puede no coincidir con el total de aportes recibidos, por lo cual tendría que hacerse una conciliación en notas a los estados financieros.
Las contribuciones con restricciones externas pero sin un fondo correspondiente, se llevan al fondo general y se difieren tal como se explicó atrás en el método del diferido.
Las contribuciones sin restricciones se llevan como ingresos del fondo general, en el año de su recepción.
Si una entidad tiene muchos fondos sería impráctico presentarlos todos detalladamente. En ese caso suelen agruparse en un número pequeño de fondos, por lo general en fondos de aportes permanentemente restringidos (el capital no puede utilizarse pero sí los rendimientos de las inversiones), fondos temporalmente restringidos (solo utilizable bajo el cumplimiento de determinados requisitos) y Fondos sin restricción (uso libre). También es dable separar los fondos restringidos entre los que tienen restricciones externas (impuestas por los donantes) e internas (impuestas por el máximo órgano de la ESAL, usualmente la asamblea).
El estado de actividades y saldos de fondos muestra, para cada clase de fondo, los ingresos y gastos y los excesos o defectos de los ingresos sobre los gastos, que dan como resultado el cambio en el saldo del fondo.
Puede haber transferencias entre fondos, bien sea porque se han cumplido las condiciones que generaban la restricción o por decisión del máximo órgano de la ESAL, entre fondos sin restricción y fondos internamente restringidos. El control sobre los fondos es usualmente ejercido por el consejo de administración o junta directiva, según sea el órgano facultado para ello, considerando la elaboración
del presupuesto de ingresos y gastos y su ejecución durante el año. Desde luego, si una ESAI usa este enfoque, el revisor fiscal tendría que incluir todos los fondos en su plan de auditoría del año.
En los estados financieros de la ESAL, los fondos se muestran en una sección separada, usualmente a través de columnas de acuerdo con la agrupación establecida por la entidad, las cuales se combinan para mostrar las cifras completas de las distintas actividades.
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