Concepto 462 (003865)
(01-04-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 462 (003865)
- Entidad emisora: DIAN
- Fecha: 2025-04-01
- Título: Impuesto Especial del Catatumbo
- Subtítulo: Causación del impuesto frente a autorizaciones de embarque global y embarques fraccionados
Problema jurídico resuelto
¿Los embarques fraccionados realizados bajo una autorización global presentada antes de la vigencia del Decreto Legislativo 0175 de 2025 están gravados con el Impuesto Especial para el Catatumbo?
Tesis jurídica:
Sí. El impuesto se causa con la presentación y aceptación de cada solicitud de autorización de embarque fraccionado, incluso si la autorización global fue anterior al Decreto 0175 de 2025.
Condición: Cada embarque fraccionado requiere su propia solicitud de autorización aceptada, momento en el cual se causa el impuesto.
Base legal: Art. 3 del Decreto Legislativo 0175 de 2025 + Arts. 348 y 353 del Decreto 1165 de 2019 + Arts. 380 y 381 de la Resolución 046 de 2019
Fundamentación
Creación del impuesto:
El Decreto 0175 de 2025 creó el Impuesto Especial del Catatumbo sobre hidrocarburos y carbón de las partidas 27.01 y 27.09, en su primera venta o exportación.
Hecho generador:
Se configura con la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embarque al resto del mundo.
Exportación fraccionada:
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Autorización de embarque global no perfecciona la exportación.
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Cada embarque fraccionado requiere su propia solicitud, lo que constituye el hecho generador.
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Por tanto, el impuesto se causa con cada uno de estos trámites, independientemente de cuándo se presentó la autorización global.
Normativa aplicable:
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Decreto 1165 de 2019 permite embarques fraccionados bajo un contrato único.
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Resolución 046 de 2019 obliga solicitud individual por cada embarque fraccionado.
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Resolución 0193 de 2025 + Cartilla CT-COA-0148 establecen procedimiento para el pago y diligenciamiento de la solicitud.
Conclusión
Situación | Tratamiento Impositivo |
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Autorización global aceptada antes del Decreto 0175 de 2025 | No causa impuesto por sí sola |
Embarques fraccionados posteriores al 22 de febrero de 2025 | Causan el impuesto al presentarse cada solicitud individual |
Solicitud de autorización por cada embarque fraccionado | Obligatoria y genera la causación del impuesto |
Procedimiento para pago y diligenciamiento | Reglamentado por Resolución 0193 de 2025 y Cartilla CT-COA-0148 |
- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)