Resolución 202550100057 del 09-12-2025 – Secretaría de Hacienda de Medellín
1. Impuesto de Industria y Comercio (ICA) – Año Gravable 2025
A. Declaración Anual (Régimen Común)
La presentación es virtual obligatoria a través del portal tributario de Medellín. Los vencimientos dependen del último dígito del NIT (sin dígito de verificación):
| Último Dígito NIT | Fecha Límite (2026) |
| 0 | Abril 17 |
| 9 | Abril 20 |
| 8 | Abril 21 |
| 7 | Abril 22 |
| 6 | Abril 23 |
| 5 | Abril 24 |
| 4 | Abril 27 |
| 3 | Abril 28 |
| 2 | Abril 29 |
| 1 | Abril 30 |
B. Pago del Impuesto (Régimen Común)
- Fecha Límite: Hasta el 25 de junio de 2026 (si se declaró oportunamente).
- Facturación: El Distrito generará la factura en mayo para quienes hayan declarado a tiempo.
C. Régimen Simplificado (Pago Bimestral)
No presentan declaración anual, pero deben pagar bimestralmente mediante documento de cobro:
- Bimestre 1: Feb 25
- Bimestre 2: Abr 28
- Bimestre 3: Jun 25
- Bimestre 4: Ago 27
- Bimestre 5: Oct 28
- Bimestre 6: Dic 28
2. Retenciones y Autorretenciones de ICA (ReteICA)
La declaración y pago es bimestral para ambos conceptos (Retenedores y Autorretenedores).
| Periodo (Bimestre) | Fecha Límite (2026) |
| 1. Ene – Feb | Marzo 18 |
| 2. Mar – Abr | Mayo 20 |
| 3. May – Jun | Julio 22 |
| 4. Jul – Ago | Septiembre 23 |
| 5. Sep – Oct | Noviembre 18 |
| 6. Nov – Dic | Autorret: Dic 21 / Ret: Ene 20 (2027) |
3. Impuesto Predial Unificado (2026)
El pago se realiza por trimestres según el documento de cobro enviado por el Distrito. Las fechas varían por comuna/sector.
- Trimestre 1: Vencimientos escalonados entre Febrero 13 y Marzo 12 (sin recargo).
- Trimestre 2: Vencimientos entre Abril 30 y Mayo 29.
- Trimestre 3: Vencimientos entre Julio 31 y Agosto 31.
- Trimestre 4: Vencimientos entre Octubre 30 y Diciembre 1.
Fechas Límite con Recargo:
- Trimestre 1: Marzo 27
- Trimestre 2: Junio 25
- Trimestre 3: Septiembre 28
- Trimestre 4: Diciembre 28
4. Otros Impuestos Relevantes
- Impuesto de Vehículos (Circulación y Tránsito): Pago único hasta el 30 de abril de 2026.
- Sobretasa a la Gasolina: Declaración y pago mensual, primeros 18 días calendario del mes siguiente.
- Publicidad Exterior Visual: Vencimientos mensuales (generalmente hacia el día 20-22 del mes siguiente).
- Estampillas (Procultura, Innovación, Justicia Familiar): Vencimientos mensuales específicos detallados en la norma.