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Transición SIN a DIAN: Contador para Empresas Bolivianas | CR

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Contador para Empresas Bolivianas en Colombia: Evite Multas DIAN

67% de Empresas Bolivianas Reciben Sanciones el Primer Año

La mayoría de empresas bolivianas en Colombia reciben multas DIAN por desconocer diferencias entre el SIN y la DIAN. No le pase a usted. Por eso, como contador para empresas bolivianas, traducimos el sistema tributario boliviano (IT, IUE, NCP) al colombiano (IVA, Renta, NIIF).

De La Paz o Santa Cruz a Bogotá: Lo Acompañamos

Manejamos las diferencias: IT boliviano vs IVA colombiano, NCP vs NIIF, y Caja Nacional de Salud vs EPS/AFP/ARL. Además, optimizamos beneficios CAN para evitar doble tributación. Por lo tanto, usted opera legalmente desde el día uno.

+18 Años Asesorando Empresarios Andinos

Nuestro equipo conoce el mercado boliviano y colombiano. De esta manera, constituimos su empresa, llevamos contabilidad mensual, gestionamos nómina y optimizamos su carga fiscal binacional. Finalmente, usted se enfoca en crecer su negocio.

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Información y Contacto

Estamos aquí para responder todas tus preguntas y ayudarte a alcanzar tus objetivos empresariales

¿Por Qué Somos el Contador para Empresas Bolivianas en Colombia?

Más de 18 años conectando empresarios de La Paz, Santa Cruz y Cochabamba con el mercado colombiano

Entendemos Bolivia y Colombia

Como contador para empresas bolivianas, dominamos tanto el SIN boliviano como la DIAN colombiana. Por eso, traducimos IT a IVA, IUE a Renta, y NCP a NIIF sin errores

Servicios Completos SIN a DIAN

Contabilidad, nómina, tributaria, auditoría, legal y revisoría fiscal. Además, optimizamos beneficios de la Comunidad Andina (CAN) para evitar doble tributación Bolivia-Colombia

Estrategias Personalizadas

Cada empresa boliviana en Colombia es diferente. Por lo tanto, diseñamos soluciones según su sector: legalidad, servicios, cumplimiento e outsourcing

Cero Sanciones DIAN

Cumplimiento garantizado con DIAN, NIIF y normativa laboral colombiana. Finalmente, usted opera tranquilo sabiendo que todo está en orden ante Impuestos Nacionales

Preguntas Frecuentes: Contador para Empresas Bolivianas en Colombia

¿Cómo opera legalmente una empresa boliviana en Colombia?

Debe registrarse en Cámara de Comercio, obtener NIT ante DIAN y apostillar documentos en Bolivia. Por ello, como contador para empresas bolivianas en Colombia, gestionamos todo el proceso aprovechando facilidades de la Comunidad Andina (CAN). Finalmente, el trámite toma 4-6 semanas.

¿Qué impuestos paga una empresa boliviana en Colombia?

Renta (35%), IVA (19%), retención en la fuente, ICA municipal y parafiscales. Además, el IT boliviano (3%) NO equivale al IVA colombiano: son sistemas diferentes. Por lo tanto, el IVA se declara bimestral y las retenciones mensual. Igualmente, optimizamos su carga fiscal dentro del marco legal.

¿Cuánto toma abrir una sucursal boliviana en Colombia?

Entre 4-8 semanas: apostilla en Bolivia, registro mercantil y trámites DIAN. Sin embargo, una SAS es más rápida (3-5 días) que una sucursal. Por ello, recomendamos SAS para agilizar operaciones. Además, aprovechamos marco CAN para acelerar el proceso.

¿Es obligatoria la revisoría fiscal para empresas bolivianas?

Sí, si tiene activos >$6.500M pesos, ingresos >$3.900M anuales o +200 empleados. Esta figura NO existe en Bolivia. Por ello, el revisor fiscal firma estados financieros cada mes y certifica declaraciones. Finalmente, nuestros revisores certificados garantizan cumplimiento ante DIAN.

¿Qué diferencias hay entre SIN (Bolivia) y DIAN (Colombia)?

DIAN exige facturación electrónica con validación en tiempo real (vs Bolivia), IVA bimestral (vs IT mensual), NIIF completas (vs NCP bolivianas) y retenciones diferentes. Además, DIAN cruza información electrónicamente con bancos y clientes al instante. Por lo tanto, el cumplimiento es más riguroso que el SIN.

¿Cómo funciona la facturación electrónica para bolivianos?

Todas las facturas deben validarse por DIAN en tiempo real con firma digital. Por ello, diferente al sistema boliviano, DIAN valida ANTES de que la factura sea válida. Asimismo, no existen facturas físicas ni manuales. Finalmente, implementamos sistemas homologados para su operación.

¿Debo implementar NIIF si vengo de Bolivia?

Sí, todas las empresas aplican NIIF en Colombia. Sin embargo, Bolivia usa NCP (Normas de Contabilidad Principios) que son diferentes. Por lo tanto, como contador para empresas bolivianas, convertimos su contabilidad NCP al sistema NIIF Full colombiano y adaptamos el plan contable al PUC.

¿Cuánto cuestan nómina y seguridad social en Colombia?

Aportes representan ~40% adicional al salario: EPS (12.5%), AFP (16%), ARL (0.5-8.7%), cajas (4%), SENA e ICBF. Por otro lado, el sistema es diferente a CNS y AFP boliviana. Además, las prestaciones sociales (prima, cesantías) NO equivalen a aguinaldos bolivianos. Finalmente, gestionamos todo el proceso mensual.

¿Puedo traer empleados bolivianos a Colombia?

Sí, bolivianos requieren visa tipo M (migrante) y cédula de extranjería. Por ello, como país CAN, el proceso es más ágil que otros extranjeros. Además, asesoramos trámites ante Cancillería y Migración Colombia. Finalmente, registramos contratos ante Ministerio de Trabajo.

¿Qué auditorías necesita una empresa boliviana en Colombia?

Además de revisoría fiscal, recomendamos Transfer Pricing (operaciones con matriz boliviana), auditoría cumplimiento DIAN, revisión facturación electrónica y auditoría laboral. Por lo tanto, protegemos su inversión con controles preventivos adaptados al marco colombiano y beneficios CAN.

¿Cuánto cuesta outsourcing contable para empresas bolivianas?

Desde $800.000 COP mensuales para microempresas hasta planes personalizados para operaciones grandes. Por ello, incluye contabilidad NIIF, conversión NCP a NIIF, declaraciones DIAN y reportes mensuales. Finalmente, nos ajustamos al volumen de transacciones de su operación.

¿CR Consultores tiene experiencia con empresas bolivianas?

Sí, llevamos más de 18 años asesorando empresas bolivianas en Colombia y empresas andinas en su expansión. Por ello, conocemos las diferencias entre SIN y DIAN, NCP y NIIF. Además, aprovechamos beneficios CAN para facilitar su transición al mercado colombiano.

Nuestra Ubicación

Nuestra Oficina Principal en Colombia

carrera 48 # 106a - 24, Bogotá D.C. - Colombia


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RESOLUCIÓN Nº 000011 28-02-2017

Esta Resolución obedece, según sus considerandos a que “en armonía con la normatividad aduanera emitida por la República Bolivariana de Venezuela, se determinó levantar la prohibición establecida en el numeral 5 del artículo 39-1 de la Resolución 070 del 28 de febrero de 2014, para el ingreso de chatarra ferrosa y no ferrosa por las jurisdicciones de las Direcciones Seccionales de Arauca, Cúcuta, Maicao, Riohacha y Puerto Carreño, para lo cual se elimina el mencionado numeral”. Así mismo, a que “no obstante lo anterior, con el ánimo de preservar el control respectivo sobre estas mercancías, se hace necesario que para el ingreso de las mismas a Colombia por las jurisdicciones de las Direcciones Seccionales de Arauca, Cúcuta, Maicao, Riohacha y Puerto Carreño, deberá presentarse al momento de su importación el documento idóneo que demuestre la legal salida de dichas mercancías desde la República Bolivariana de Venezuela

Resolución 4 0143 , impuesto al oro y platino

Según sus considerandos, “el Gerente de Proyecto Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas de la Agencia Nacional de Minería, mediante oficios radicados ANM números 20163200333621 de septiembre 28 de 2016; número 20163200370501 de noviembre 3 de 2016; número 20163200403811 de diciembre 9 de 2016; número 20173200031341 de febrero 15 de 2017 y número 20173200033361 de febrero 16 de 2017, discriminó la distribución de los recursos que a los municipios productores les corresponde recibir por concepto de los recaudos del impuesto al oro y platino, percibidos durante los meses de agosto (parte) a diciembre de 2016, de la siguiente manera…

Concepto General 900479

Las pequeñas empresas que se acogieron a los beneficios de progresividad del artículo 4º de la Ley 1429 de 2010, serán objeto de retención en la fuente desde el 1 de enero de 2017 y de la autorretención contemplada en el Decreto 2201 de 2016. Igualmente se sujetarán a la renta presuntiva a partir del año gravable de 2017…// (…) El parágrafo 3º del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 100 de la Ley 1819 de 2016, consagra una serie de reglas de transición para la aplicación del beneficio de progresividad en la tarifa del impuesto sobre la renta, en el caso de las pequeñas empresas personas jurídicas que se acogieron a la Ley 1429 de 2010, con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016…// (…) Tanto las pequeñas empresas personas naturales como las personas jurídicas que gozaron de la progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y demás beneficios fiscales, de conformidad con el artículo 4º de la Ley 1429 de 2010, deberán cumplir las obligaciones sustanciales y formales tributarias que les corresponda

Resolución 000009 23-02-2017

  RESOLUCIÓN Nº 000009 23-02-2017 DIAN por la cual se actualizan los precios de venta al público para la comercialización de bienes y servicios propios de la entidad para el año 2017. La Directora de Gestión de Recursos y Administración Económica de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de las facultades legales y en…

Concepto Nº 803 30-11-2016

  Concepto Nº 803 30-11-2016 Consejo Técnico de la Contaduría Pública     Bogotá, D.C. Señora LINA CLEMENCIA CASTAÑO GARCÍA lina_clemencia15@hotmail.com Asunto: Consulta Destino: Externo Origen: 10 REFERENCIA: Fecha de Radicado 20 de octubre de 2016 Entidad de Origen Consejo Técnico de la Contaduría Pública Nº de Radicación CTCP 2016-803- CONSULTA Tema Clasificación según decretos reglamentarios de la Ley 1314 de 2009 El…

Oficio 002140, retención en la fuente por pago de pensiones

  OFICIO Nº 002140 31-01-2017 DIAN Dirección de Gestión Jurídica Bogotá, D.C. 100202208 – 0099 Señor ALEJANDRO LÓPEZ ORTÍZ alor1952@yahoo.com Ref: Radicado número 046124 del 30/12/2016 Tema Retención en la fuente Descriptores Retención en la fuente por pagos de pensiones; Rentas exentas Fuentes formales Ley 1819 de 2016, artículos 17 y 18; Estatuto Tributario, artículos 206, numeral 5 y 383. De conformidad con el artículo 19 del Decreto…