RESOLUCIÓN Nº 40143
27-02-2017
MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
por la cual se sitúan los recursos correspondientes al recaudo del impuesto al oro y platino a los municipios productores.
El Ministro de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto número 2170 del 27 de diciembre del 2016, se apropió el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Ministerio de Minas y Energía Gestión General, para la vigencia fiscal del año 2017.
Que en la cuenta 3 – Transferencias Corrientes, existe un rubro de gasto que permite transferir a los municipios productores, los valores que por concepto de impuesto al oro y platino, ha recaudado la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional, acorde con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto número 2173 de 1992.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 67 del Decreto número 2170 de 2016, se procede a atender el gasto de “Pago Pasivos Exigibles-Vigencias Expiradas”, correspondiente a la transferencia del impuesto al oro y platino a favor de los municipios productores, percibido durante los meses de agosto (parte) a diciembre de 2016.
Que el Subdirector de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Oficio radicado con número 2-2016-035054 de septiembre 22 de 2016; oficio radicado con número 2-2016-040927 de noviembre 1° de 2016; Comunicación de noviembre 28 de 2016; oficio radicado número 2-2017-000587 de enero 12 de 2017 y oficio radicado con número 2-2017-002184 de enero 27 de 2017, informó el valor de los recaudos percibidos por concepto del impuesto al oro y platino, durante los meses de agosto a diciembre de 2016, respectivamente.
Que el Gerente de Proyecto Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas de la Agencia Nacional de Minería, mediante oficios radicados ANM números 20163200333621 de septiembre 28 de 2016; número 20163200370501 de noviembre 3 de 2016; número 20163200403811 de diciembre 9 de 2016; número 20173200031341 de febrero 15 de 2017 y número 20173200033361 de febrero 16 de 2017, discriminó la distribución de los recursos que a los municipios productores les corresponde recibir por concepto de los recaudos del impuesto al oro y platino, percibidos durante los meses de agosto (parte) a diciembre de 2016, de la siguiente manera:
La parte del recaudo del mes de agosto de 2016 que se adeuda, está distribuida de la siguiente manera:
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MUNICIPIOS |
IMPUESTO – SALDO AGO/16 |
| Municipio de El Bagre |
$371.289.263.66 |
| Municipio de Remedios |
$250.000.000.00 |
| Municipio de Segovia |
$250.000.000.00 |
| TOTAL |
$871.289.263.66 |
El recaudo del mes de septiembre de 2016 reportado por la DCPTN de Ministerio de Hacienda y Crédito Público se adeuda en su totalidad y fue distribuido por la ANM de la siguiente manera:
|
MUNICIPIOS |
IMPUESTO – SEP 2016 |
| Municipio de El Bagre |
$828.911.199.00 |
| Municipio de Remedios |
$437.958.860.00 |
| Municipio de Segovia |
$981.657.069.00 |
| Municipio de Zaragoza |
$50.582.844.00 |
| Municipio de Amalfi |
$10.562.785.00 |
| TOTAL |
$2.309.672.757.00 |
El recaudo del mes de octubre de 2016 reportado por la DCPTN de Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se adeuda en su totalidad y fue distribuido por la ANM de la siguiente manera:
|
MUNICIPIOS |
IMPUESTO –OCT 2016 |
| Municipio de El Bagre |
$982.374.766.oo |
| Municipio de Remedios |
$770.332.760.oo |
| Municipio de Segovia |
$596.006.210.oo |
| Municipio de Zaragoza |
$76.261.148.50 |
| Municipio de Amalfi |
$6.114.735.50 |
| TOTAL |
$2.431.089.620.oo |
El recaudo del mes de noviembre de 2016 reportado por la DCPTN de Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se adeuda en su totalidad y fue distribuido por la ANM de la siguiente manera:
|
MUNICIPIOS |
IMPUESTO – NOV 2016 |
| Municipio de El Bagre |
$801.601.717.oo |
| Municipio de Remedios |
$546.805.146.oo |
| Municipio de Segovia |
$698.804.159.oo |
| Municipio de Zaragoza |
$42.348.514.80 |
| Municipio de Marmato |
$100.846.111.oo |
| Municipio de Amalfi |
$8.385.936.20 |
| TOTAL |
$2.198.791.584.oo |
El recaudo del mes de diciembre de 2016 reportado por la DCPTN del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se adeuda en su totalidad y fue distribuido por la ANM de la siguiente manera:
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MUNICIPIOS |
IMPUESTO – DIC 2016 |
| Municipio de El Bagre |
$920.117.667.oo |
| Municipio de Remedios |
$735.076.060.oo |
| Municipio de Segovia |
$898.989.147.oo |
| Municipio de Zaragoza |
$54.001.734.oo |
| Municipio de Marmato |
$60.441.024.oo |
| Municipio de Amalfi |
$23.482.817.oo |
| TOTAL |
$2.692.108.449.oo |
El resumen de los recursos que se adeudan a nivel de municipio es el siguiente:
|
MUNICIPIOS |
IMPUESTO – AGO. A DIC 2016 |
| Municipio de El Bagre |
$3.904.294.612.66 |
| Municipio de Remedios |
$2.740.172.826.oo |
| Municipio de Segovia |
$3.425.456.585.oo |
| Municipio de Zaragoza |
$223.194.241.30 |
| Municipio de Marmato |
$161.287.135.oo |
| Municipio de Amalfi |
$48.546.273.70 |
| TOTAL |
$10.502.951.673.66 |
RESUELVE:
Artículo 1°. Atender el gasto “Pago Pasivos Exigibles-Vigencias Expiradas”, correspondiente a los recursos que se adeudan, por concepto del recaudo del impuesto al oro y platino, percibido durante los meses de agosto (parte) a diciembre de 2016, con destino a los municipios productores, por las cuantías que a continuación se detallan, con base en el Certificado de Disponibilidad número 24217 de febrero 21 de 2017:
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MUNICIPIOS |
IMPUESTO – AGO. A DIC 2016 |
| Municipio de El Bagre |
$3.904.294.612.66 |
| Municipio de Remedios |
$2.740.172.826.oo |
| Municipio de Segovia |
$3.425.456.585.oo |
| Municipio de Zaragoza |
$223.194.241.30 |
| Municipio de Marmato |
$161.287.135.oo |
| Municipio de Amalfi |
$48.546.273.70 |
| TOTAL |
$10.502.951.673.66 |
Artículo 2°. Autorizar al Grupo Financiero-Tesorería para que sitúe a los municipios mencionados, los valores correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente resolución, de acuerdo con la disponibilidad de PAC.
Artículo 3°. Acorde con lo dispuesto en el Decreto número 1068 de 2015, el Ministerio de Minas y Energía situará los recursos a los municipios citados en el artículo 1° de la presente resolución, en las cuentas bancarias suministradas por estos y validadas en el Sistema SIIF, que a continuación se detallan:
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MUNICIPIOS |
NIT |
CUENTA |
TIPO DE CUENTA |
BANCO |
| Municipio El Bagre |
890.984.221-2 |
371-582950-14 |
Corriente |
Bancolombia |
| Municipio de Remedios |
890.984.312-4 |
1454000751-6 |
Corriente |
Agrario |
| Municipio de Segovia |
890.981.391-2 |
416-00981-9 |
Corriente |
Davivienda |
| Municipio de Zaragoza |
890.981.150-4 |
40506266-2 |
Corriente |
Occidente |
| Municipio de Marmato |
890.801.145-6 |
1832000224-1 |
Corriente |
Agrario |
| Municipio de Amalfi |
890.981.518-0 |
074009473 |
Corriente |
Davivienda |
Artículo 4°. Comunicar la presente resolución a los municipios de El Bagre, Remedios, Segovia, Zaragoza, Marmato y Amalfi.
Artículo 5°. Contra la presente resolución no procede recurso alguno por ser un acto de ejecución y rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 27 de febrero de 2017.
El Ministro Minas y Energía,
German Arce Zapata.
Publicada en D.O. 50.161 del 28 de febrero de 2017.