<
Cr Consultores

Base gravable y tarifa. Datos, internet y navegación móvil. Servicio no gravado- DIAN Concepto 828(007091)

 

Concepto 828(007091) de la DIAN 

(27-09-2024)

Tema: Impuesto Nacional al Consumo sobre servicios de telecomunicaciones móviles

Puntos clave:

  1. Servicios gravados:

    • Servicios de telefonía móvil, internet, navegación móvil y datos están sujetos al Impuesto Nacional al Consumo (4%), según artículo 512-1 del ET.

  2. Tratamiento especial para datos/internet:

    • Solo se grava el monto que exceda 1.5 UVT mensual (art. 512-2 ET)

    • Este beneficio aplica EXCLUSIVAMENTE a servicios de datos, internet y navegación móvil

    • NO incluye el servicio de telefonía móvil tradicional

  3. Forma de cálculo:

    • El monto no gravado (1.5 UVT) debe calcularse INDIVIDUALMENTE para los servicios de datos/internet

    • No puede aplicarse sobre el valor total facturado que incluya telefonía móvil

    • Cada plan debe liquidarse por separado para determinar correctamente la base gravable

  4. Fundamento legal:

    • La exención parcial es de interpretación restrictiva (Oficio 031781 de 2017)

    • Solo aplica a los servicios específicamente mencionados en la norma

    • La telefonía móvil tiene definición legal propia y no califica para la exclusión

Conclusión: Los operadores deben calcular el impuesto discriminando entre:

  • Valor total de telefonía móvil (totalmente gravable al 4%)

  • Valor de datos/internet (solo lo que exceda 1.5 UVT mensual)