Mediante concepto 23959 el Ministerio del Trabajo, aclaro la diferencia entre los viáticos permanentes y accidentales y en qué ocasiones constituyen factor salarial, para lo cual conceptuó que los gastos relacionados con la manutención y el alojamiento frecuente constituyen factor salarial para todos los efectos como prestaciones sociales y seguridad social y por otro lado, los relacionados con medios de Trasporte y Gastos de Representación no constituyen factor salarial.
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