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Resolución 106 de 2014

Considerando que el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia, establece que los ministros como jefes de administración en sus respectiva carteras, bajo la dirección del Presidente de la República, tienen la función de formular las políticas atinentes a su Despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la Ley.

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