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SEMINARIOS  Y CAPACITACIONES SIN COSTO PARA NUESTROS CLIENTES

 ***SEMINARIOS  Y CAPACITACIONES SIN COSTO PARA NUESTROS CLIENTES***

Tipos de vinculación, Asuntos migratorios – Visas, Vinculación laboral, Vinculación de independiente, Afiliaciones al sistema de seguridad social integral de Extranjeros. Régimen Tributario aplicable a los extranjeros y no residentes.
Día: 28 de febrero
Hora: 2:30pm a 5:30 pm
Lugar: HOTEL MORRISON 84. Calle 84 Bis N° 13-54
Valor: 180.000 Más IVA “NO INCLUYE PARQUEADERO”.
 Incluye:

  • Presentaciones del evento y ejercicios.
  • Certificado de Asistencia.

TEMARIO

Tipos de vinculación:

  • Laboral.
  • Independiente.
  • Socios.

Asuntos migratorios – Visas:

  • Visa temporal de trabajador.
  • Visa temporal especial para ejercicio de oficios o actividades de carácter independiente.
  • Visa de visitante técnico.
  • Traspaso de visa.
  • Visa Negocios.
  • Visa Inversionistas.

Vinculación laboral:

  • Tipos de contrato laboral.
  • Documentos necesaria.
  • Cambio de empleador y sustitución patronal.
  • Limitaciones a la coexistencia de contratos laborales.

Vinculación de independiente:

  • Asuntos legales a tener en cuenta.
  • Forma del contrato.

Afiliaciones al sistema de seguridad social integral de Extranjeros:

  • Normatividad pensional.
  • Normatividad en salud.
  • Tratados internacionales de seguridad social suscritos por Colombia.

Régimen Tributario aplicable a los extranjeros y no residentes (Retenciones, Declaración de renta y Tratados):

  • Régimen cambiario aplicable.
  • Pago de remuneraciones en el exterior.
  • Valor: 180.000 más IVA.

CONFERENCISTAS:

– CARLOS MAURICIO REYES. 

Contador y Abogado Litigante. Especialista en Impuestos, Finanzas y Mercado de Capitales, Estudios en Derecho Comercial, Derecho Tributario Internacional, Precios de Transferencia, Derecho Laboral, Comercio Exterior, Consolidación e Integración de Estados Financieros, Planeación Financiera, Dirección Estratégica, Normas Internacionales de Contabilidad, Cambios Internacionales en importantes Universidades. Estudios en el exterior – UNIVERSITY OF PENNSYLVANIA (PHILADELPHIA, U.S.A), UNIVERSIDAD AUSTRAL (BUENOS AIRES – ARGENTINA), UNIVERSIDAD CATOLICA PORTUGUESA (OPORTO – PORTUGAL).

Carlos cuenta con más de 22 años de experiencia en asuntos relacionados con la práctica contable, legal y tributaria nacional e internacional, revisoría fiscal, auditoría, asesoría financiera, inversión extranjera y en asuntos relacionados con derecho comercial y laboral, en importantes Compañías nacionales y extranjeras.

Actualmente, Carlos es Socio de la Firma Cr Consultores, y se desempeña como Revisor Fiscal, Asesor Financiero, Asesor Tributario y Contable nacional e internacional en importantes empresas colombianas y multinacionales.

CR ha actuado como apoderado judicial en procesos en vía administrativa y judicial contra distintas entidades del Estado como la DIAN, SENA, UGGP, Municipios, y procesos comerciales y laborales, así como en Arbitramento respecto a controversias contractuales.

Carlos también fue coordinador y catedrático de posgrados en importantes Universidades, así como conferencista en temas relacionados con Auditoría, Normas Internacionales de Contabilidad, Inversión Extranjera, Legislación Cambiaria e Impuestos.

Por cinco años aproximadamente, Carlos estuvo vinculado a la firma de Auditoría internacional Deloitte & Touche.

 

MARISOL CASTELLANOS
Contador Sénior, Especialista en Impuesto, Asociada y Conferencista de la firma Cr Financial & Legal Services Colombia.

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Análisis Multidimensional de los Seminarios y Capacitaciones en el Contexto Empresarial Colombiano

En el dinámico entorno normativo de Colombia, la inversión en seminarios y capacitaciones no solo representa un pilar para la competitividad y el desarrollo del talento humano, sino que constituye un eje fundamental en la planeación tributaria y financiera de las organizaciones. Como expertos con dos décadas de trayectoria en el sector contable y legal, analizamos la rigurosidad necesaria para que estos servicios cumplan con los estándares de la DIAN y los marcos técnicos normativos de información financiera.

1. Perspectiva Legal y Laboral: Obligatoriedad y Beneficios

Desde la óptica del Derecho Laboral colombiano, la capacitación no es opcional en sectores regulados. El Código Sustantivo del Trabajo y las normas de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) exigen que las empresas provean instrucción técnica específica. La asistencia a seminarios especializados se interpreta como una mejora en la prestación del servicio, lo cual fortalece el nexo causal laboral sin que estos pagos constituyan necesariamente salario, siempre que se pacten como beneficios extralegales de carácter no prestacional (Art. 128 CST).

2. Marco Tributario: Deducibilidad y Requisitos Esenciales

Para que el gasto por capacitaciones sea deducible en el Impuesto sobre la Renta, debe cumplir estrictamente con el Artículo 107 del Estatuto Tributario (E.T.), basándose en tres principios:

  • Causalidad: El seminario debe tener relación directa con la actividad productora de renta.
  • Necesidad: Se considera necesario aquello que razonablemente ayuda a generar o mantener el ingreso.
  • Proporcionalidad: El costo debe ser acorde a la magnitud de la operación de la compañía.

Es imperativo contar con la Factura Electrónica de Venta y que el pago se realice a través de canales bancarios (Art. 771-5 E.T.) para garantizar su reconocimiento fiscal. Adicionalmente, las capacitaciones dirigidas a programas de educación formal o para el trabajo y desarrollo humano en favor de los empleados son deducibles y no se consideran ingresos gravables para el trabajador, bajo las condiciones del Art. 107-2 del E.T.

3. Impuesto a las Ventas (IVA) y Retenciones

El tratamiento del IVA en los seminarios depende de la naturaleza de la entidad que los dicta. Según el Art. 476 del E.T., los servicios de educación prestados por instituciones autorizadas por el Gobierno Nacional están excluidos de IVA. No obstante, si el servicio es prestado por una firma de consultoría privada, estará gravado a la tarifa general del 19%.

Respecto a la Retención en la Fuente, si el servicio es predominantemente intelectual, se aplica la tarifa por ‘Honorarios’ (11% o 10%). Si el componente es técnico o requiere un despliegue de recursos específicos de instrucción, podría catalogarse como ‘Servicios’ (4% o 6%), dependiendo de la calidad tributaria del beneficiario del pago.

4. Reconocimiento Contable bajo NIIF

Bajo los estándares internacionales (NIIF para Pymes o Plenas), las erogaciones por capacitaciones deben reconocerse directamente en el estado de resultados como un gasto del periodo. A diferencia de otros activos, el conocimiento adquirido por los empleados no puede capitalizarse como un activo intangible, ya que la entidad no tiene el control total sobre los beneficios económicos futuros que el empleado generará (NIC 38 / Sección 18).

5. Impacto Financiero y Retorno de Inversión (ROI)

Financieramente, la ejecución de un presupuesto en seminarios especializados optimiza la eficiencia operativa. La reducción de errores en reportes regulatorios y la actualización en cambios normativos (como reformas tributarias constantes) previenen sanciones onerosas de la DIAN o de la UGPP, lo que representa un ahorro tangible que mejora el flujo de caja a mediano plazo.