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Resolución Nº 4 0293 03-04-2019

Resolución Nº 4 0293

03-04-2019

Ministerio de Minas y Energía

 

 

por la cual se sitúan los recursos correspondientes al recaudo del impuesto al oro y platino a los municipios productores.

El Secretario General del Ministerio de Minas y Energía, en ejercicio de sus facultades legales y

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Ley 1940 de noviembre 26 de 2018, se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2019.

Que mediante Decreto número 2467 de diciembre 28 de 2018, se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

Que en el anexo del Decreto número 2467 de diciembre 28 de 2018, Cuenta 3 – Transferencias Corrientes, el rubro “Recursos de oro y platino para los municipios productores Decreto número 2173/92”, permite transferir a los municipios, los recaudos que por concepto de impuesto al oro y platino, percibe la Dirección de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto número 2173 de 1992.

Que el Subdirector de Operaciones de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio radicado con número 2-2019-008782 de marzo 15 de 2019, informó el valor del recaudo del impuesto al oro y platino, percibido durante el mes de febrero de 2019.

Que mediante oficio radicado ANM número 20193210285041 de marzo 29 de 2019, el Gerente de Proyectos Coordinador del Grupo de Regalías y Contraprestaciones Económicas de la Agencia Nacional de Minería, comunicó la distribución de los recursos que a los municipios productores les corresponde recibir, por concepto del recaudo del impuesto al oro y platino percibido durante el mes de febrero de 2019 por valor de $3.091.529.886.54 e incluye un saldo por valor de $34.595.638, el cual no contaba con los soportes de origen del mineral y datos relacionados con producción y pago de regalías en el mes enero de 2019, por lo que estaba pendiente por distribuir.

La distribución del saldo pendiente correspondiente al mes enero de 2019 y del recaudo de impuesto al oro y platino percibido en el mes febrero de 2019, por un valor total de $3.126.125.524.54, quedó de la siguiente manera:

 

MUNICIPIOS DISTRIBUCIÓN RECAUDO IMPUESTO ENERO (PARTE) Y FEBRERO DE 2019
AMALFI $3.309.153.00
ANORÍ $8.684.267.43
EL BAGRE $662.527.454.96
MARMATO $252.003.23
REMEDIOS $768.577.552.67
SEGOVIA $1.580.335.670.71
ZARAGOZA $102.439.422.54
TOTAL $3.126.125.524.54

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Situar los recursos correspondientes al saldo pendiente por distribuir del recaudo del impuesto al oro y platino percibido en el mes de enero de 2019 y el valor recaudado en el mes febrero de 2019, a los municipios, en las cuentas bancarias validadas en el Sistema SIIF y por las cuantías que a continuación se detallan, con base en el Certificado de Disponibilidad número 36419 de marzo 22 de 2019.

 

MUNICIPIOS DISTRIBUCIÓN RECAUDO IMPUESTO ENERO (PARTE) Y FEBRERO DE 2019
AMALFI $3.309.153.00
ANORÍ $8.684.267.43
EL BAGRE $662.527.454.96
MARMATO $252.003.23
REMEDIOS $768.577.552.67
SEGOVIA $1.580.335.670.71
ZARAGOZA $102.439.422.54
TOTAL $3.126.125.524.54

 

Artículo 2°. Autorizar al Grupo de Tesorería de la Subdirección Administrativa y Financiera, para que sitúe a los municipios mencionados, los valores correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente resolución, de acuerdo con la disponibilidad de PAC.

Artículo 3°. Acorde con lo dispuesto en el Decreto 1068 de 2015, el Ministerio de Minas y Energía situará los recursos a los municipios citados en el artículo primero de la presente resolución, en las cuentas bancarias suministradas por estos y validadas en el Sistema SIIF, que a continuación se detallan:

 

MUNICIPIOS NIT CUENTA TIPO DE CUENTA BANCO
AMALFI 890.981.518-0 074009473 Corriente DAVIVIENDA
ANORÍ 890.982.489-1 413163000868 Ahorro AGRARIO
EL BAGRE 890.984.221-2 371-582950-14 Corriente BANCOLOMBIA
MARMATO 890.801.145-6 1832000224-1 Corriente AGRARIO
REMEDIOS 890.984.312-4 1454000751-6 Corriente AGRARIO
SEGOVIA 890.981.391-2 416-00981-9 Corriente DAVIVIENDA
ZARAGOZA 890.981.150-4 40506266-2 Corriente OCCIDENTE

 

Artículo 4°. Comunicar la presente resolución a los municipios de Amalfi, Anorí, El Bagre, Marmato, Remedios, Segovia y Zaragoza.

Artículo 5°. Contra la presente resolución no procede recurso alguno por ser un acto de ejecución y rige a partir de la fecha de su expedición.

 

 

 

 

 

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 3 de abril de 2019.

El Secretario General, 

Pablo Cárdenas Rey