Consejo de Estado
Mediante Auto 20998 de fecha 24 de febrero de 2015 del Consejo de Estado se suspende los efectos del parágrafo 1 del artículo 3 del Decreto 2701 de 2013, y el Auto 21249 de fecha 02 de marzo de 2015 los cuales había señalado que la renta líquida por recuperación de deducciones debía integrarse a la base gravable del CREE.
Finalmente, es importante mencionar que para el año 2015 la renta por recuperación de deducciones si debe incorporarse dentro de la base gravable del CREE por expreso mandato de la Ley 1739 de 2014, artículo 12.