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Imputaciones de valores a periodos siguientes. DIAN-Concepto 434(003688)

Concepto 434(003688)

(27-03-2025)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 434(003688)
  • Entidad emisora: DIAN
  • Fecha: 2025-03-27
  • Título: Corrección de inconsistencias en declaraciones tributarias
  • Subtítulo: Mecanismo de imputación de valores a períodos siguientes

1. Problemas jurídicos resueltos

  • ¿Pueden corregirse errores de imputación de retenciones/autorretenciones mediante el artículo 43 de la Ley 962 de 2005?

  • ¿Cómo aplicar el principio de prevalencia del fondo sobre la forma en estos casos?


2. Tesis de la DIAN

✅ Corrección sin sanción:

  • El Art. 43 Ley 962/2005 permite rectificar:

    1. Errores en imputación de retenciones/autorretenciones.

    2. Omisiones en declaración de saldos a favor.

  • Requisitos:

    • No afectar el valor tributario declarado (bases gravables o tributos).

    • Aplicable incluso después del término de firmeza de la declaración.

⚠️ Límites:

  • No cubre modificaciones a determinantes del tributo (Arts. 588-589 ET).

  • La DIAN puede verificar la exactitud de las correcciones (Art. 670 ET).


3. Fundamentación jurídica

  • Ley 962/2005: Art. 43 (corrección de inconsistencias en formularios).

  • Jurisprudencia:

    • Sentencia de Unificación 23854/2022 (Consejo de Estado).

    • Extensión en Sentencia 28231/2024 (aplica a retenciones/autorretenciones).

  • Doctrina DIAN:

    • Conceptos 003285/2023, 000909/2024 y 022841/2024.

    • Circular 118/2005 (errores subsanables sin sanción).


4. Conclusiones

  1. Ámbito de aplicación:

    • Correcciones sobre imputación de pagos (no sobre bases gravables).

    • Incluye: retenciones, autorretenciones, saldos a favor y anticipos.

  2. Procedimiento:

    • No requiere acogerse a plazos de firmeza.

    • Debe demostrarse que la corrección no altera el tributo declarado.

  3. Principio rector:

    • Prevalencia de lo real sobre lo formal: La DIAN verificará la consistencia de los datos corregidos.

  • Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)