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Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales. DIAN-Concepto 98(0001644)

Concepto 98(0001644)

(24-01-2025)

  • Tipo de norma: Concepto
  • Número: 98(0001644)
  • Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
  • Fecha: 2025-01-24
  • Título: Contribución Especial.
  • Subtítulo: Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales.

  • Problema Jurídico:
  • Determinar la tarifa aplicable a los contratos de obra pública y conexos cuyos valores se encuentren en los siguientes rangos:
  1. Superior a 52.626 UVT e inferior a 52.652 UVT.

  2. Superior a 157.878 UVT e igual o inferior a 157.904 UVT.

  • Tesis Jurídica:
  1. Para contratos entre 52.626 UVT y 52.652 UVT, la tarifa será del 0.5%.

  2. Para contratos entre 157.878 UVT y 157.904 UVT, la tarifa será del 1%.

Fundamentación:

  1. Ley 1697 de 2013 (Art. 8): Establece tarifas basadas en salarios mínimos legales vigentes (smlmv):

    • 0.5% para contratos entre 1 y 2.000 smlmv.

    • 1% para contratos entre 2.001 y 6.000 smlmv.

    • 2% para contratos superiores a 6.001 smlmv.

  2. Conversión a UVT:

    • Ley 1955 de 2019 (Art. 493): Obliga a expresar valores en UVT desde 2020.

    • Resolución 024509 de 2021 (MEN): Define nuevos rangos en UVT, pero dejó vacíos en los intervalos analizados.

    • Decreto 2642 de 2022 (Art. 52): Adiciona al Decreto 1075 de 2015 los rangos en UVT, pero persisten inconsistencias en los límites.

  3. Interpretación del Legislador:

    • El proyecto original (Ley 192 de 2012) usaba pesos colombianos sin intervalos vacíos.

    • Se aplica el principio de certeza tributaria para asignar la tarifa del rango inferior cuando el valor no encaja exactamente.

Conclusión:

La DIAN resuelve que, ante la falta de claridad en los rangos, se aplicará:

  • 0.5% para valores entre 52.626 y 52.652 UVT.

  • 1% para valores entre 157.878 y 157.904 UVT.

  • Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)