Concepto 98(0001644)
(24-01-2025)
- Tipo de norma: Concepto
- Número: 98(0001644)
- Entidad emisora: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)
- Fecha: 2025-01-24
- Título: Contribución Especial.
- Subtítulo: Estampilla Pro Universidad Nacional de Colombia y demás universidades estatales.
- Problema Jurídico:
- Determinar la tarifa aplicable a los contratos de obra pública y conexos cuyos valores se encuentren en los siguientes rangos:
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Superior a 52.626 UVT e inferior a 52.652 UVT.
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Superior a 157.878 UVT e igual o inferior a 157.904 UVT.
- Tesis Jurídica:
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Para contratos entre 52.626 UVT y 52.652 UVT, la tarifa será del 0.5%.
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Para contratos entre 157.878 UVT y 157.904 UVT, la tarifa será del 1%.
Fundamentación:
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Ley 1697 de 2013 (Art. 8): Establece tarifas basadas en salarios mínimos legales vigentes (smlmv):
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0.5% para contratos entre 1 y 2.000 smlmv.
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1% para contratos entre 2.001 y 6.000 smlmv.
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2% para contratos superiores a 6.001 smlmv.
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Conversión a UVT:
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Ley 1955 de 2019 (Art. 493): Obliga a expresar valores en UVT desde 2020.
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Resolución 024509 de 2021 (MEN): Define nuevos rangos en UVT, pero dejó vacíos en los intervalos analizados.
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Decreto 2642 de 2022 (Art. 52): Adiciona al Decreto 1075 de 2015 los rangos en UVT, pero persisten inconsistencias en los límites.
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Interpretación del Legislador:
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El proyecto original (Ley 192 de 2012) usaba pesos colombianos sin intervalos vacíos.
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Se aplica el principio de certeza tributaria para asignar la tarifa del rango inferior cuando el valor no encaja exactamente.
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Conclusión:
La DIAN resuelve que, ante la falta de claridad en los rangos, se aplicará:
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0.5% para valores entre 52.626 y 52.652 UVT.
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1% para valores entre 157.878 y 157.904 UVT.
- Firma: INGRID CASTAÑEDA CEPEDA Subdirectora de Normativa y Doctrina (A)