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Estabilidad laboral reforzada para mujeres embarazadas

 La Corte Constitucional mediante la Sentencia T-312, mayo 29/14, M. P. Nilson Pinilla Pinilla) señaló que la estabilidad laboral de la mujer embarazada se debe proteger independientemente del tipo de vinculación contractual (contrato laboral, contrato de prestación de servicios) de igual forma esta corporación manifestó que no hay necesidad que el empleador conozca el estado de gravidez de la trabajadora.

 

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