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Asesoría para Empresas Ecuatorianas en Colombia | CR Consultores

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¿Su Empresa Ecuatoriana Factura en Colombia? Evite Multas DIAN

El 67% de empresas ecuatorianas en Colombia reciben sanciones DIAN en su primer año por desconocer la normativa colombiana. No sea una más. Nuestro equipo conoce las diferencias entre el sistema SRI de Ecuador y la DIAN de Colombia, traducimos su contabilidad NIC ecuatoriana al sistema colombiano bajo NIIF, manejamos las diferencias de IVA (12% vs 19%), retenciones, y prestaciones sociales (décimos vs prima/cesantías). Le acompañamos desde la constitución hasta el cumplimiento tributario mensual.

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Información y Contacto

Estamos aquí para responder todas tus preguntas y ayudarte a alcanzar tus objetivos empresariales

¿Por Qué Elegirnos?

Combinamos más de 18 años de experiencia internacional con conocimiento profundo del mercado ecuatoriano y colombiano

Expertise en el Mercado Colombiano

Nuestros expertos dominan las normativas de DIAN y Superintendencia, ofreciendo soluciones adaptadas para empresas ecuatorianas en Colombia

Soluciones Integrales

Ofrecemos 6 servicios especializados: Outsourcing Contable y de Nómina, Auditoría, Servicios Tributarios, Corporativos y Revisoría Fiscal para optimizar tu operación en Colombia

Resultados Personalizados

Diseñamos estrategias a medida, con equipos dedicados para garantizar el éxito de su empresa en Colombia

Cumplimiento Garantizado

Conformidad total con DIAN, NIIF y todas las normativas fiscales vigentes en Colombia

Preguntas Frecuentes

¿Cómo puede una empresa ecuatoriana operar legalmente en Colombia?

Las empresas ecuatorianas deben registrarse ante la Cámara de Comercio, obtener NIT en DIAN, apostillar documentos ecuatorianos en la Cancillería de Ecuador, cumplir requisitos migratorios para representantes legales y registrar contratos laborales. Asesoramos todo el proceso de constitución aprovechando la relación comercial Ecuador-Colombia.

¿Qué impuestos debe pagar una empresa ecuatoriana en Colombia?

Las empresas ecuatorianas en Colombia pagan impuesto de renta (35%), IVA (19% vs 12% en Ecuador), retención en la fuente, impuesto de industria y comercio (ICA), y aportes parafiscales. El sistema colombiano tiene diferencias importantes con el SRI ecuatoriano. Optimizamos su carga tributaria dentro del marco legal vigente.

¿Cuánto tiempo toma abrir una sucursal ecuatoriana en Colombia?

El proceso completo toma entre 4-8 semanas: incluye apostilla de documentos en Ecuador, registro mercantil en Colombia, trámites ante DIAN y Supersociedades. Aceleramos el proceso con nuestra experiencia en empresas andinas y el marco de la Comunidad Andina (CAN).

¿Es obligatoria la revisoría fiscal para empresas ecuatorianas en Colombia?

Sí, es obligatoria para sociedades con activos superiores a 5.000 SMMLV o ingresos brutos anuales de 3.000 SMMLV. Esta figura no existe en Ecuador. Nuestros revisores fiscales certificados garantizan cumplimiento con DIAN y Supersociedades.

¿Qué diferencias hay entre SRI (Ecuador) y DIAN (Colombia)?

DIAN exige facturación electrónica en tiempo real con validación previa, declaraciones de IVA bimensuales (vs mensuales en Ecuador), implementación de NIIF plenas, retención en la fuente con tarifas diferentes, e información exógena anual detallada. El sistema colombiano tiene más cruces electrónicos que el SRI.

¿Cómo funciona la facturación electrónica en Colombia para empresas ecuatorianas?

Todas las empresas en Colombia deben emitir facturas electrónicas validadas por DIAN en tiempo real con firma digital. Diferente al sistema SRI ecuatoriano, DIAN valida cada factura antes de ser válida. Implementamos sistemas de facturación homologados ante DIAN y capacitamos a su equipo.

¿Necesito implementar NIIF si mi empresa ecuatoriana opera en Colombia?

Sí, todas las empresas en Colombia deben aplicar Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Aunque Ecuador también usa NIIF, existen diferencias en la aplicación local. Asesoramos en la transición desde NIC Ecuador a NIIF Full colombianas o NIIF para PYMES según su tamaño.

¿Cuáles son los costos de nómina y seguridad social en Colombia?

Los aportes parafiscales en Colombia representan aproximadamente 40% adicional al salario base: salud (12.5%), pensión (16%), ARL (0.5-8.7%), cajas de compensación (4%), SENA e ICBF. Diferente al sistema IESS ecuatoriano (21.6% total). Además, Colombia tiene prestaciones sociales distintas. Nuestro outsourcing de nómina optimiza estos procesos.

¿Puedo contratar empleados ecuatorianos para mi operación en Colombia?

Sí, ecuatorianos requieren visa de trabajo tipo M (migrante) y cédula de extranjería para trabajar formalmente en Colombia. Como miembros de la Comunidad Andina, el proceso es más ágil. Asesoramos los trámites migratorios ante Cancillería y Migración Colombia, además del registro ante el Ministerio de Trabajo.

¿Qué tipo de auditorías necesita una empresa ecuatoriana en Colombia?

Además de la revisoría fiscal obligatoria, recomendamos auditorías de precios de transferencia (para operaciones con matriz en Ecuador), auditorías de cumplimiento tributario DIAN, revisión de facturación electrónica, y auditorías laborales. Protegemos su inversión con controles preventivos adaptados al marco colombiano.

¿Cuánto cuesta el outsourcing contable para una empresa ecuatoriana en Colombia?

Los costos varían según el volumen de transacciones y complejidad: desde $800.000 COP mensuales para microempresas hasta planes personalizados para grandes operaciones. Incluye contabilidad bajo NIIF colombianas, declaraciones tributarias ante DIAN y reportes financieros mensuales.

¿CR Consultores tiene experiencia con empresas ecuatorianas?

Sí, llevamos más de 18 años asesorando empresas andinas y ecuatorianas en su expansión a Colombia. Conocemos las diferencias regulatorias entre SRI y DIAN, y aprovechamos los beneficios de la Comunidad Andina (CAN) para facilitar una transición exitosa al mercado colombiano.

Nuestra Ubicación

Nuestra Oficina Principal en Colombia

carrera 48 # 106a - 24, Bogotá D.C. - Colombia


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DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES

Para el año en discusión los ajustes integrales por inflación sobre los activos no monetarios, como los inmuebles, hacían parte del patrimonio líquido para determinar la base gravable del impuesto para preservar la seguridad democrática, incluidos los inmuebles objeto de saneamiento fiscal, pues, se reitera, el beneficio del saneamiento no trasciende vigencias posteriores a 1995 y “el valor del saneamiento se incorpora desde 1995 al patrimonio del contribuyente como integrante del “costo fiscal” de los bienes raíces que se ajustan y se refleja en la utilidad o pérdida en el momento de su enajenación”…/ De otra parte, las exclusiones del impuesto son solamente las previstas en el artículo 5 del Decreto 1838 de 2002, en concordancia con el artículo 4 del Decreto 1949 del mismo año

OFICIO Nº 014750 13-06-2016 DIAN

OFICIO Nº 014750 13-06-2016 DIAN     Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina Bogotá, D. C., 10 de junio de 2016 100208221-00505 Señor JAVIER H. RUBIO Cra. 3 números 12-36 Ofic. 216 Pasaje Ibagué (Tolima) Ref.: Radicado 1856 del 12/05/2016 Tema: Procedimiento Tributario Descriptores: Exenciones Exención de Impuestos – Improcedencia Fuentes formales: Estatuto Tributario. Decreto 2909 de 2013 Cordial saludo, señor Rubio: Conforme con…

OFICIO N° 0499 31-05-2016 DIAN

Se solicita analizar la línea decisional respecto de las solicitudes de pago de lo no debido de saldos a pagar registrados en declaraciones que se encuentran en firme, teniendo en cuenta los múltiples pronunciamientos jurisprudenciales donde se ha establecido que el término para solicitar las devoluciones no debe coincidir con el término de firmeza de la declaración…// (…) Es diáfano que el término para presentar la solicitud de devolución por concepto de pago de lo no debido o por pago en exceso es de cinco años, en atención a lo establecido inicialmente en los artículos 11 y 21 del Decreto 1000 de 19973, actualmente reglado en los artículos 11 y 16 del Decreto 2277 de 2012

Concepto 392, Firma de los estados financieros

  Concepto Nº 392 01-06-2016 Consejo Técnico de la Contaduría Pública CTCP-10-00703-2016 Bogotá, D.C., Señor(a) LEONARDO OSWALDO CARRILLO CARRILLO leonardocarrillosi@gmail.com Asunto: Consulta 1-2016-008321 Destino: Externo Origen: 10   REFERENCIA Fecha de la Consulta 05 de Mayo de 2016 Entidad de Origen Consejo Técnico de la Contaduría Pública Nºde Radicación CTCP 2016 392-CONSULTA Tema FIRMA DE ESTADOS FINANCIEROS El Consejo Técnico de la Contaduría Pública…

OFICIO Nº 013282 27-05-2016 DIAN

  OFICIO Nº 013282 27-05-2016 DIAN Subdirección de Gestión Normativa y Doctrina 100208221-0440 Bogotá, D. C., 26 de mayo de 2016 Señora MARÍA CAROLINA BAQUERO Carrera 9ª N° 80-15 Oficina 301 Bogotá, D. C.   Referencia: Radicado 013545 del 12/05/2016 Tema: IVA Descriptor: Servicio exento- Producción de cine y televisión Fuentes formales: Literal c) del artículo 481 del Estatuto Tributario, artículo 2° de la Ley 814…